El presidente de la República, Martín Vizcarra, promulgó este lunes la ley de reforma constitucional para que sentenciados no postulen a cargos públicos.
La norma impide a los candidatos con sentencia, postular a cargos de elección popular o ejercer cargos públicos a sentenciados en primera instancia. Como se ha realizado antes del 28 de setiembre, la ley se podrá aplicar en la Elecciones Generales 2021.
“Al mismo tiempo debemos continuar con las reformas políticas para fortalecer la institucionalidad y democracia. Por ello, en este momento promulgo ante los peruanos la reforma constitucional que impide postular a cargos públicos a sentenciados en primera instancia para que de esta manera se garantice que en las próximas elecciones generales, que ya están convocadas para el 11 de abril de 2021, se presenten candidatos idóneos a fin de que la ciudadanía pueda elegir a sus próximas autoridades”.
El pasado 11 de septiembre, con 111 votos a favor se ratificó en segunda votación el texto sustitutorio de esta norma. Fuerza Popular y Unión por el Perú dieron los votos en contra y las abstenciones.
En ese día, las bancadas de Alianza para el Progreso, Somos Perú, Frepap; Partido Morado, Frente Amplio, pidieron que se sometiera a votación dicha ley. Ello, antes de debatir la admisión de la moción para la vacancia presidencial.
Las demás bancadas respaldaron la petición para votar la ley de impedimentos, que se aprobó en primera votación el pasado 5 de julio.
La ley modifica el artículo 34-A de la Constitución. Precisa que están impedidos de postular a cargos de elección popular quienes tengan una sentencia condenatoria emitida en primera instancia, en calidad de autores o cómplices, por delito doloso.
Asimismo, cambia el artículo 39-A de la Carta Magna. Esto, a fin de establecer que dichas personas están impedidas de ejercer la función pública, mediante designación en cargos de confianza.