A partir de este lunes 20 de enero comenzarán a regir las restricciones electorales en todo el país, con motivo de las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020, recordó el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
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Así, desde las 00:00 horas está prohibida la difusión o publicación de encuestas de intención de voto en los medios de comunicación, conforme a la Ley Orgánica de Elecciones (LOE).
El incumplimiento de esta disposición será sancionado con una multa de entre 10 y 100 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) (entre 43,000 y 430,000 soles).
Desde el viernes 24 también estará prohibida la realización de mítines o reuniones de carácter político. Su vulneración, según lo prevé el artículo 388 de la LOE, se sanciona con cárcel no menor de tres meses ni mayor de dos años.
“En tanto, la propaganda política quedará suspendida desde las 00:00 horas del sábado 25. Su incumplimiento acarreará una multa de entre 30 y 100 UIT o una pena de prisión no menor de dos años”, explicó la funcionaria en el programa televisivo del JNE.
Ley seca
De otro lado, desde las 08:00 horas del sábado 25 rige la prohibición de expendio de bebidas alcohólicas, la cual se extiende hasta las 08:00 horas del lunes 27. El incumplimiento de esta disposición se sanciona con cárcel no mayor de seis meses, multa de 2 790 soles y pena accesoria de inhabilitación.
El domingo 26 de enero, día del sufragio, entre las 08:00 y 16:00 horas, no están permitidos los espectáculos populares ni las funciones en cines y teatros, ni reuniones de electores en un radio menor de 100 metros de los centros de sufragio.
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