La Superintendencia Nacional de Educación (Sunedu) permitirá que todas las universidades con licencia denegada, soliciten un plazo máximo de un año para cesar sus actividades.

La mañana de este martes 12 de abril, mediante la Resolución del Consejo Directivo N° 030-2022-SUNEDU/CD, publicada en el Diario El Peruano, se dio a conocer una norma excepcional para todas las casas de estudio superior y posgrado que no cuentan con licencia.

Según la Sunedu, aquellas universidades que tenían previsto cerrar debido al rechazo de su licencia, podrán acogerse a una ampliación adicional para el cese de sus actividades.

Esta decisión permitirá que, aproximadamente 3 mil estudiantes de los últimos ciclos de estudios, logren culminar su carrera universitaria.

Además, las universidades que decidieron, voluntariamente, concluir de manera definitiva con sus actividades, también podrán solicitar esta ampliación. Tal decisión, beneficiaría a otros 3 400 estudiantes.

En ese sentido, en la norma emitida por la Sunedu, se aclara que la universidad que desee ampararse en este beneficio, deberá cumplir con ciertos requerimientos previstos en el Consejo Directivo N° 044-2020-SUNEDU/CD.

Lo primero que deben hacer es informar a la Sunedu sobre su interés de acogerse a la ampliación de cese y esperar la respuesta emitida por la Dirección de Supervisión. A partir de allí, se dará inicio al plazo máximo de un año.

Posteriormente, las casas de estudio tendrán que presentar un plan de operaciones. De esta manera, el organismo público (Sunedu) corroborará periódicamente su cumplimiento y financiamiento. Asimismo, también supervisará la situación de los estudiantes.
Finalmente, la disposición señala que las universidades con plazo de cese vencido o menor a un mes de su vencimiento, contarán con 45 días hábiles para ampararse en la ampliación excepcional.

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