La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) ha establecido nuevos requisitos para la inscripción en el Registro Único de Contribuyentes (RUC), según una normativa reciente publicada en el Diario Oficial El Peruano el pasado 30 de junio.
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Sunat: Nuevos obligados a inscribirse en el RUC
Según la Resolución de Superintendencia Nº 000130-2024/SUNAT, vigente desde hoy, ciertos sujetos deben inscribirse en el RUC antes del 30 de setiembre de 2024 si cumplen con alguno de los siguientes criterios al 31 de julio de este año:
- Ser propietarios de cinco o más predios con un valor conjunto superior a 126 UIT (648,900 soles).
- Poseer acciones o participaciones en sociedades, nacionales o extranjeras, con un valor total que exceda las 100 UIT (515,000 soles).
- Realizar adquisiciones de bienes sujetos a percepciones del IGV que superen las 10 UIT (51,500 soles) anualmente.
- Percibir intereses por depósitos en cuentas de entidades financieras, con un saldo total que supere las 300 UIT (1,545,000 soles).
La Sunat está facultada para inscribir de oficio en el RUC a aquellos sujetos que, según esta normativa, deban inscribirse y no lo hagan dentro del plazo establecido.
Además, la regulación también incluye la obligación de inscripción para aquellos que realicen operaciones con entidades financieras y de seguros, como créditos corporativos que superen las 10 UIT y la contratación del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) para vehículos de categorías N2 y N3.
Estas medidas forman parte de los esfuerzos de la Sunat por ampliar la base tributaria y fomentar el cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales.