Ante los constantes bailes en la vía pública, la gerente de Administración Tributaria, Martha García Navarro, indicó que la ordenanza Municipal 013-2018, que prohíbe los bailes en la vía pública, es clara y contundente y se tiene que hacer respetar.
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Por ello se multará con penas desde S/4200 hasta 12600 soles para las personas que sigan usando la vía pública para la celebración de fiestas.
Explicó, que la norma prohíbe en el distrito de Sullana los bailes, parrilladas, yunzas, cevichadas, y actividades afines en la vía pública, entendiéndose como tales a las veredas, avenidas y transversales, áreas verdes, parques, jardines y plataformas deportivas.
Además, dijo que esta prohibición se extiende a las fiestas y actividades de este tipo en todo local o establecimiento que no cuente con la respectiva licencia municipal de funcionamiento o licencia especial cuando ésta sea exigible.
La norma
El artículo 3° dispone que los asentamientos, urbanizaciones populares y asociaciones de vivienda, tendrán autorización para realizar su actividad bailable en la vía pública “única y exclusivamente el día central de su aniversario, siempre y cuando no tengan un local apropiado para tal fin, considerando el horario de 1:00 a 7:00 p.m.”
“Es necesario aclarar que los dirigentes deben presentar toda la documentación exigida en el TUPA vigente del municipio y contar si o si con el informe favorable de la subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres (Defensa Civil)”, puntualizó García, tras observar que en los últimos años las juvecos solo informan de la realización de la fiesta, pero no ingresan el expediente con 15 ó 20 días antes del evento.
Clausura y multas
En caso de incumplimiento e infracciones a la ordenanza 018, la subgerencia de Fiscalización y Control se aplicarán multas y sanciones como el pago del 100% y 300% de la UIT (S/.4, 200 y S/.12, 600) a los organizadores de la actividad bailable o afines en la vía pública, sea persona natural y/o jurídica. Incluso, se prevé la incautación del equipo de sonido que será devuelto cuando el propietario cumpla con pagar la multa impuesta por los fiscalizadores ediles.
Denuncia por resistencia
En caso que sus organizadores o promotores, pongan resistencia a la incautación de sus equipos, entre otros mecanismos legales, se interpondrá denuncia penal ante el Ministerio Público, sostiene la Gerente de Administración Tributaria.
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