La ley peruana en materia laboral señala que los trabajadores tienen derecho a gozar de 30 días de vacaciones remuneradas por cada año laborado. Sin embargo, si no usa ese descanso durante el siguiente año, la empresa deberá pagar como indemnización un total de tres remuneraciones.

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Indemnización vacacional

Es decir, si los trabajadores no llegan a gozar esos días de descanso en el periodo siguiente de haber adquirido el derecho laboral, el empleador tendrá que pagar una “indemnización vacacional”.

La denominada “triple vacacional” responde a estos conceptos: El descanso vacacional adquirido, el descanso no gozado y la indemnización.

Lo aconsejable es que converses y acuerdes con la empresa empleadora, pero si recibes una respuesta negativa puedes acudir a la entidad fiscalizadora, Sunafil y presentar tu denuncia.

Si el trabajador después de un año de labores no has tomado tus días de descanso vacacional, porque ya vencieron o excedieron el plazo, puedes solicitar la indemnización vacacional.

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