Sechura: 10 embarcaciones pescaban dentro de las 5 millas prohibidas

Según la Ley General de la Pesca, de 0 a 5 millas es zona reservada y prohibida.

Intervienen naves arrastreras por pescar ilegalmente dentro de cinco millas marinas

Con ayuda de sistema satelital, inspectores de la Dirección Regional de la Producción y el sargento de playa de Chulliyachi, detectaron 10 embarcaciones pesqueras de menor escala extrayendo anchoveta blanca dentro de las 2 millas del mar de la caleta sechurana, comprendida entre las cero y cinco millas marinas reservada para el desarrollo de la actividad pesquera artesanal.

Personal del puesto de control de la Capitanía de Parachique, intervino a estas embarcaciones, siendo el navío de nombre “Don Guillermo IV”, con matrícula PL-22459, en donde se encontró 12 toneladas de anchoveta blanca. Las otras embarcaciones arrojaron al mar parte del producto extraído.

Dos embarcaciones lograron darse a la fuga; sin embargo, las autoridades tienen identificadas las matrículas y los nombres de estas naves. PRODUCE  es el responsable de sancionar a las embarcaciones de menor escala cuando se infringe la ley.

Según el Decreto Ley N°25977, en su artículo 76°, precisa que está prohibido extraer en zonas de reservadas o prohibidas. El Reglamento de la Ley General de Pesca estableció que: “sin perjuicio del desarrollo de la maricultura, la zona adyacente a la costa comprendida entre las cero y cinco millas marinas está reservada para el desarrollo de la actividad pesquera artesanal y de menor escala, conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 017-92-PE”; además, “Constituye infracción toda acción u omisión que contravenga o incumpla alguna de las normas contenidas en la presente Ley.