La Municipalidad Provincial de Piura, a través de la Ordenanza Municipal N.° 0440-00-CMPP, autorizó al Servicio de Administración Tributaria de Piura (SAT Piura) a aplicar descuentos de hasta el 100 % en deudas tributarias y no tributarias.
La medida busca facilitar que los contribuyentes regularicen sus obligaciones municipales. El beneficio ya se encuentra vigente y no incluye las papeletas por infracciones de tránsito.
Descuentos en deudas tributarias
Los contribuyentes que cancelen sus deudas tributarias al contado o por ejercicio fiscal podrán acceder al 100 % de descuento en intereses moratorios.
Además, las multas tributarias tendrán una condonación diferenciada según el año de generación:
- 100 % de descuento para multas tributarias generadas entre 1992 y 2017.
- 95 % de descuento para multas correspondientes al periodo 2018-2025.
Beneficios en arbitrios municipales
En el caso de los arbitrios municipales, la ordenanza establece descuentos escalonados:
- 100 % de descuento para deudas generadas entre 1992 y 2014.
- 70 % de descuento para deudas correspondientes al periodo 2015-2020.
- 50 % de descuento para deudas generadas entre 2021 y 2025.
Deudas no tributarias también acceden a descuentos
Las deudas no tributarias generadas hasta el 31 de mayo de 2026 también podrán acogerse a beneficios:
- 60 % de descuento en Actas de Control, Multas Administrativas y Actas de Verificación.
- 80 % de descuento para convenios vencidos o perdidos.
Papeletas de tránsito quedan fuera
El SAT Piura precisó que estos descuentos no alcanzan a las papeletas por infracciones de tránsito. Dichas obligaciones continúan sujetas al beneficio por pronto pago establecido en la normativa vigente.
Dónde acogerse a los beneficios
El gerente general del SAT Piura, Econ. Alaín Tabachi Alvarado, informó que los contribuyentes pueden acercarse a las oficinas ubicadas en la calle Arequipa N.° 1052, así como al MAC del Real Plaza.
En esos puntos recibirán orientación para acogerse a los descuentos vigentes y regularizar sus obligaciones tributarias y no tributarias.

