Con el inicio de clases 2026 en colegios públicos y privados del Perú, muchos padres de familia buscan saber si el DNI amarillo de sus hijos sigue siendo válido para realizar trámites escolares. El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) aclaró que este documento puede utilizarse sin inconvenientes siempre que se encuentre vigente. De esta manera, el DNI amarillo continúa siendo aceptado para procesos como matrícula escolar, traslado de institución educativa o actualización de datos de estudiantes.
DNI amarillo vigente puede usarse para matrícula y trámites escolares
Ante las consultas de los padres de familia, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) indicó que el Documento Nacional de Identidad amarillo, destinado a menores de edad, sigue siendo válido para diversos trámites mientras no haya vencido.
Esto incluye gestiones relacionadas con el sistema educativo, como matrícula en colegios públicos o privados, traslado de institución educativa y actualización de información del alumno.
En ese contexto, la entidad recomendó a los ciudadanos revisar la fecha de caducidad del DNI de sus hijos antes de realizar cualquier trámite. Asimismo, reiteró a las instituciones públicas y privadas que deben aceptar la presentación del DNI amarillo vigente.
Reniec dejó de emitir el DNI amarillo y azul desde 2025
El organismo registral informó que desde agosto de 2025 dejó de emitir tanto el DNI amarillo como el DNI azul. Actualmente, el documento que se expide es el DNI electrónico en su versión 3.0, tanto para menores como para mayores de edad.
No obstante, la institución precisó que los documentos emitidos anteriormente mantienen su validez hasta la fecha de caducidad indicada en cada tarjeta.
En ese sentido, señaló que no es obligatorio cambiar el DNI amarillo o azul por el DNI electrónico si el documento todavía está vigente. Además, indicó que se prioriza la atención a las personas que requieren su documento de identidad con urgencia.
Vigencia del DNI amarillo para menores de edad
La vigencia del Documento Nacional de Identidad para menores está establecida en la Ley N.° 32237, publicada en enero de 2025.
De acuerdo con esta norma, el DNI de los menores de 12 años tiene una vigencia de tres años y puede renovarse por el mismo periodo. En cambio, el DNI emitido después de los 12 años se mantiene válido hasta que el menor cumpla los 17 años.
Una vez alcanzada esa edad, el ciudadano debe realizar el trámite de renovación para obtener el DNI correspondiente a mayores de edad. La entidad también recordó que el documento solo debe renovarse cuando ha vencido o cuando los datos registrados están desactualizados, por ejemplo, si la fotografía corresponde a una etapa anterior de la vida del titular. En el caso de menores, este trámite debe realizarse con la presencia de un padre de familia.

