El Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor) y la División de Medio Ambiente realizaron un operativo para prevenir el tráfico ilegal de flora y fauna silvestre en el distrito de Lancones, provincia de Sullana, donde los traficantes extraen la madera de especies forestales como hualtaco, palo santo, huápalas, oreja de león, almendro, entre otras; así como especies de fauna silvestre como el venado cola blanca, el oso hormiguero, el sajino y aves como loros, pericos esmeraldas y botones amarillos.
El Chailo, El Papayo, Las Pampas y El Salto, que también forman parte de la zona de amortiguamiento del Parque Nacional Cerros de Amotape, son algunos de los sectores de Lancones, donde se realiza el tráfico ilegal de las especies silvestres.
Los especialistas de la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre (ATFFS) Piura, y el personal policial, con el apoyo del Servicio Nacional de Áreas Protegidas por el Estado (Sernanp), recorrieron la ruta del tráfico ilegal que lleva flora y fauna silvestre peruana al país ecuatoriano.
El responsable de la ATFFS Piura, Rafael Velásquez Campos, informó que la estrategia preventiva permite identificar las rutas de acceso por las que transitan los vehículos que transportan los productos forestales de procedencia ilegal. “Estamos sumando esfuerzos para fortalecer el trabajo de inteligencia y, de esta forma, desarticular las mafias organizadas que talan y trafican con los recursos forestales”, señaló.
Asimismo, resaltó que uno de los principales beneficios de la promulgación de los reglamentos de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre es el control de la tala ilegal y la mayor participación de la sociedad civil en el acceso a los recursos naturales, así como la facilitación del trabajo con los representantes de los gobiernos regionales y locales a favor de la gestión de los recursos forestales y de fauna silvestre.
Sanciones
Los Reglamentos para la Gestión Forestal y de Fauna Silvestre de la Ley N° 29763 sancionan las infracciones de adquisición, transporte, exportación, comercialización o tenencia de recursos forestales y de fauna silvestre, extraídos sin autorización correspondiente, con el pago de una multa superior a los 40 mil 500 soles, equivalente a más de 10 Unidades Impositivas Tributarias (UIT).