Esta mañana fue publicado en el diario oficial El Peruano la Ley que regula el uso de plástico de un solo uso, otros plásticos no reutilizables y los recipientes o envases descartables de tecnopor para alimentos y bebidas de consumo humano en el territorio nacional.

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La norma señala que en los próximos 3 años a partir de hoy los supermercados, autoservicios, almacenes, comercios en general u otros establecimientos similares, así como sus contratistas o prestadores de servicios, deben reemplazar en forma progresiva la entrega de bolsas de plástico no reutilizable.
De esta forma, los plásticos deberán ser reemplazados por bolsas reutilizables u otras cuya degradación no generen contaminación por microplástico o sustancias peligrosas y que aseguren su valorización.
La ley Nº 30884 precisa que esto contribuirá al derecho que tiene toda persona a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida, reduciendo para ello el impacto adverso del plástico de un solo uso, de la basura marina plástica, fluvial y lacustre y de otros contaminantes similares, en la salud humana y del ambiente.
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