Este martes 15 de febrero se publicó la ley que dispone incorporar información sobre el grupo y factor sanguíneo en el DNI.
A través del boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, se publicó la Ley 31421. Esta ley modifica el artículo 32 de la Ley 26497 (Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil). Esta establece ampliar la información personal que debe contener el DNI.
“Artículo 32. El Documento Nacional de Identidad (DNI) debe contener, como mínimo, la fotografía del titular de frente y con la cabeza descubierta, la impresión de la huella dactilar del índice de la mano derecha del titular o de la mano izquierda a falta de este; además de los siguientes datos: […] n) El grupo y factor sanguíneo”.
La norma se aprobó con 109 votos el pasado 22 de enero del presente año. Asimismo, señala que la aplicación de esta normativa iniciará por los recién nacidos. En este caso, cuyos datos sanguíneos se consignará obligatoriamente en el certificado de nacido vivo.
Posteriormente, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil deberá incluir esta información en el acta de nacimiento para luego figurar en el documento de identidad del menor.
En el caso de los mayores de edad y de sus hijos menores de 18 años, la incorporación de este dato será voluntaria.
La implementación de la presente ley es gradual y progresiva. El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil establecerá, mediante resolución jefatural, en un plazo de seis meses, el cronograma correspondiente; y las demás disposiciones para el cumplimiento de la presente norma.
En tanto, el Poder Ejecutivo, a propuesta de la Presidencia del Consejo de Ministros, en un plazo no mayor de 30 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente norma, adecuará el Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, a lo dispuesto en la presente ley.
Sobre la propuesta
Fue en enero que la presidenta de la Comisión de Justicia del Parlamento, Gladys Echaíz (APP), sustentó esta propuesta.
Echaíz dijo que se trata de una ley “salvavidas”. Durante su sustentación la legisladora dijo que se conocen de casos reales de personas que han perdido la vida -en una posta o centro de salud- porque no se conocía a qué grupo sanguíneo pertenecían.
En tanto, el autor de la iniciativa legislativa, el congresista Héctor Acuña Peralta (APP), intervino para reforzar lo que expresó su colega Echaíz. Acña afirmó que con esta modificación se acelerará la atención en los centros de salud ante cualquier emergencia o urgencia médica.
“Ahora para atender a un paciente no será necesario que se invierta en exámenes para conocer su tipo de sangre. Dicha información estará en el DNI”, dijo.
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