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    Protección laboral para padres 2024: no podrán ser despedidos durante el primer año después del nacimiento de su hijo

    Daniel Flores Rodríguez18 marzo, 2024Updated:19 marzo, 2024
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    Protección laboral para padres 2024 no podrán ser despedidos durante el primer año después del nacimiento de su hijo
    Protección laboral para padres 2024 no podrán ser despedidos durante el primer año después del nacimiento de su hijo
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    Protección laboral para padres 2024. El Congreso aprobó un dictamen para resguardar los derechos de los padres que trabajan tanto en el sector público como en el privado. Esta legislación unifica ocho proyectos de ley y destaca la prohibición de despedir a padres de familia durante el primer año después del nacimiento de su hijo. Además, se amplía la licencia por paternidad a 15 días y se introducen otras disposiciones para salvaguardar los derechos laborales de los progenitores.

    Leer más: Licencia de paternidad en Perú: ¿de cuánto tiempo es?

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    Protección laboral para padres 2024

    La norma, avalada por 101 legisladores de diversas bancadas, modifica aspectos clave del Decreto Legislativo n.º 728. Ello con el objetivo de garantizar la protección de los padres trabajadores. Uno de los cambios más relevantes es la ampliación de la licencia por paternidad de 10 a 15 días, en caso de parto natural o por cesárea, con una novedad importante: los cinco días adicionales serán subsidiados por EsSalud.

    Además, se establece que los padres no podrán ser despedidos de sus trabajos durante el primer año después del nacimiento de su hijo, siempre y cuando la madre no tenga un vínculo laboral vigente. Esta medida busca proteger la estabilidad laboral de los padres en una etapa crucial de la vida familiar, evitando situaciones de desprotección económica.

    La normativa también contempla la protección ante despidos nulos por motivos relacionados con la paternidad. Se considerará nulo el cese del vínculo laboral por hostigamientos u otros actos de amedrentamiento destinados a obtener la renuncia del trabajador.

    Asimismo, se establecen disposiciones para garantizar que las mujeres embarazadas o en periodo de lactancia puedan desarrollar su jornada laboral de manera segura, incluso bajo la modalidad de teletrabajo.

    Protección laboral para padres 2024: otras modificaciones

    Entre otras modificaciones, se otorga la licencia laboral por adopción para cónyuges o miembros de la unión de hecho que trabajen para el mismo empleador. Además, se establece un permiso para que las trabajadoras embarazadas puedan realizar sus controles prenatales, considerado como tiempo laborado.

    1. Ampliar la licencia por paternidad de 10 a 15 días, en casos de parto natural o cesárea. Recordemos que este periodo de descanso remunerado era asumido por el empleador y, con la ley aprobada, los cinco días adicionales serían subsidiados por EsSalud.
    2. Se modifica el artículo 65 del Decreto Legislativo n.º 728 para que se declare nulo el despido de una trabajadora en casos de embarazo, nacimiento, lactancia y sus consecuencias, en periodos de prueba o condición de confianza o dirección. Eso no impediría que el empleador no termine el vínculo laboral por causas debidamente justificadas.
    3. Se cambia el artículo 4 de la Ley n.º 27409 con el propósito de otorgar la licencia laboral por adopción para cónyuges o integrantes de la unión de hecho que laboran para el mismo empleador. Vale mencionar que la mujer recibe la licencia en estos casos.
    4. Se modifica el artículo 48 del Decreto Legislativo n.º 728 para que se otorgue un permiso a la trabajadora embarazada. Con el fin de que realice sus controles prenatales, el cual será considerado como tiempo laborado.
    5. Se cambian los artículos 9 y 12 de la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud. De este modo, las prestaciones en dinero correspondientes a subsidios de EsSalud también serán por paternidad.

    Protección laboral para padres 2024: ¿qué pasa si no se cumple? 

    Es importante destacar que los padres que enfrenten negativas por parte de sus empleadores para otorgarles la licencia por paternidad pueden presentar denuncias ante la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil).

    La normativa establece sanciones para las empresas que incumplan estas disposiciones. Con multas que pueden variar según el tamaño de la empresa y la cantidad de trabajadores afectados (desde S/1.138,50 hasta S/260.023,50).

    Esta nueva ley representa un avance significativo en la protección de los derechos laborales de los padres trabajadores en el Perú. Su aprobación demuestra un compromiso con la igualdad de género y el bienestar de las familias, sentando las bases para un ambiente laboral más justo y equitativo para todos.

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    Daniel Flores Rodríguez
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