Sanciones entre 6 y 13 años de cárcel efectiva a malos servidores del Instituto Nacional Penitenciario (Inpe), es la propuesta de la congresista Norma Yarrow (Avanza País) en un proyecto de ley presentado en el Parlamento.
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Esta sanción va dirigida a los malos trabajadores que incurran en actos de corrupción dentro de los penales a nivel nacional.
Iniciativa
La iniciativa legislativa precisa que para el efecto se propone modificar los artículos 395-A y 395-B del Código Penal, Decreto Legislativo 635, referidos a cohecho pasivo propio e impropio.
«La corrupción en los centros penitenciarios a nivel nacional se encuentra institucionalizada, su explicación, según el Tribunal Constitucional, se observa en dos escenarios: en la situación de poder que tiene el personal penitenciario frente a la población penitenciaria y en la relación que podría existir entre la precariedad ética del personal y el poder económico de un sector de la población penitenciaria, afectando derechos fundamentales y el imperio de la ley», dijo.
Asimismo, la parlamentaria agregó que su iniciativa se plantea «otorgar eficacia a los operativos en los establecimientos penitenciarios. Además de mantener el orden y disciplina al interior de las instituciones penitenciarias, y a razón de evitar perjuicios a los bienes jurídicos tutelados de terceros».
Penas a imponer a servidores del Inpe
- El servidor del Inpe que acepte o recibe donativo, promesa o cualquier otro beneficio para sí o para otro, para realizar u omitir un acto de violación de sus obligaciones penitenciarias, tendrá pena de cárcel efectiva, entre seis y 11 años e inhabilitación.
- El que solicite directa o indirectamente, donativo o promesa o cualquier otra ventaja o beneficio, tendrá pena de cárcel efectiva entre siete y 11 años e inhabilitación.
- El que condiciona su conducta funcional a la entrega o promesa o cualquier otra ventaja o beneficio, tendrá una pena privativa de libertad entre nueve y 13 años e inhabilitación.
- El que acepte o recibe donativo, promesa o cualquier otra ventaja o beneficio indebido para realizar u omitir un acto propio de su función, sin faltar a su obligación o como consecuencia del acto ya realizado u omitido, tendrá una pena privativa de libertad entre cinco y ocho años, e inhabilitación.
- El que solicita directa o indirectamente, donativo, promesa o cualquier otra ventaja indebida para realizar u omitir un acto propio de su función, sin faltar a su obligación, o como consecuencia del acto ya realizado u omitido, tendrá una pena entre seis y nueve años e inhabilitación.
Código de ética
En este sentido, Yarrow refirió que considera «oportuno y necesario» que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh) apruebe un Código de Ética para el servidor penitenciario, a efectos de promover la educación ética y la prevención de conductas disfuncionales que puedan favorecer la concreción de actos de corrupción.
Asimismo, uno de los artículos de la iniciativa legislativa propone que se declare de interés nacional el uso de grilletes electrónicos y se apruebe el Código de Ética del servidor penitenciario.
La legisladora detalló que el uso del grillete electrónico cuesta a un reo alrededor de 800 soles al mes, mientras que mantener a cada preso en un penal 1,260 soles.