Hoy, en el Diario Oficial El Peruano se publicó la Ley 30709 que prohíbe la discriminación remunerativa entre varones y mujeres, mediante categorías, funciones y salarios que permitan la ejecución del principio de igual remuneración por igual trabajo.
Esta ley está en concordancia con el mandato constitucional de igualdad de oportunidades sin discriminación en las relaciones laborales, y el lineamiento de idéntico ingreso por trabajo de igual valor indicado en la Ley 28983, ley de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
Cuadros
Según la norma, las empresas que cuenten con cuadros de categorías y funciones mantienen dichos cuadros, siempre que guarden correspondencia con el objeto de la presente ley.
En el caso de las empresas que no tengan cuadros de categorías y funciones, estas los elaboran dentro de los ciento ochenta (180) días de entrada en vigor de esta ley.
Además, las remuneraciones que corresponden a cada categoría las fija el empleador sin discriminación.
Capacitación y condiciones laborales
La entidad empleadora debe contar con planes de formación profesional y de desarrollo de capacidades laborales de sus trabajadores donde se garantice la igualdad entre mujeres y hombres.
Fuente: Andina