El Ejecutivo promulgó hoy un Decreto Legislativo, por el cual incrementa las penas para el crimen organizado, tenencia ilegal de armas, y prohíbe los beneficios penintenciarios para sicarios.
Entre las principales medidas que dicta el documento, publicado en el Diario Oficial El Peruano, se sanciona con penas de seis a 15 años de prisión a quienes fabriquen, suministren o posean artefactos explosivos o materiales destinados a su preparación.
Lo mismo para quien presta, alquila o trafica dichos artefactos, y para el que los transporta sin estar debidamente autorizado.
De ocho a 15 años, y de 180 a 365 días multa, recibirá quien promueva, organice, constituya o integre una organización criminal de tres a más personas. Los líderes, jefes o financistas tendrán de 15 a 20 años de cárcel, igual condena será si causan la muerte o lesiones graves durante su accionar delictivo.
Si el agente es miembro de las FF.AA., Policía Nacional o Instituto Nacional Penitenciario la pena será no menor de diez años ni mayor de 15.