Los partidos políticos podrán realizar de manera virtual los trámites para su inscripción ante el Registro de Organizaciones Políticas.

Esto en virtud de las modificaciones que realizó el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones al reglamento pertinente que regirá en las Elecciones Generales de 2021.

La resolución, aprobada en sesión del colegiado electoral, establece que las agrupaciones políticas deberán presentar todos los documentos correspondientes a través del Portal Electoral Digital (PED) que se implementará oportunamente.

Mediante el PED, los partidos políticos también podrán realizar trámites referidos a solicitudes de incorporaciones, exclusiones y renuncias al padrón de afiliados; de afiliación y renuncia a una organización política; afiliación indebida; y de inscripción de modificaciones al estatuto.

Los partidos políticos podrán realizar de manera virtual los trámites para su inscripción ante el Registro de Organizaciones Políticas. Foto: Andina

Igualmente, las solicitudes de modificaciones al reglamento electoral de las organizaciones; de realización de reuniones de los órganos directivos y demás estamentos o instancias de las agrupaciones; y elección de sus dirigentes, representantes legales, apoderados y personeros.

La virtualización de los procedimientos busca reducir en cuanto sea posible el traslado y presencia física de los responsables y personeros de las organizaciones políticas en las sedes del JNE, teniendo en cuenta la emergencia sanitaria que vive el país por el COVID-19.

La resolución señala, sin embargo, que el uso del PED no impide que el ROP, de manera excepcional y por motivos plenamente justificados, solicite los documentos físicos cuando lo considere oportuno.

Asimismo, el ROP solicitará a la dirección correspondiente del JNE la fiscalización de la existencia y funcionamiento de los comités partidarios. Ello una vez que se cuenten con las condiciones sanitarias correspondientes.