El proceso de revocatoria sigue su curso a nivel nacional y regional. La Oficina Nacional de Procesos Electores (ONPE) aprobó el kit electoral para revocar de sus cargos a 15 alcaldes del departamento de Piura y al gobernador regional, Luis Neyra.
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Según informó María Aranguri, representante de la Oficina Regional de Coordinación de la ONPE en Piura, los promotores de la revocatoria tienen hasta el 11 de septiembre para entregar el 25% de firmas del padrón electoral. La presentación se debe hacer ante el Registro Nacional de Identidad y Estado Civil (Reniec).
¿En qué distritos y provincias se ha iniciado un proceso de revocatoria?
En primer lugar, destaca la solicitud de revocatoria contra el alcalde de Piura, Gabriel Madrid. El pedido también abarca a siete regidores: Juan Cevallos López, Teresa Calva Saavedra, Efraín Chuecas Wong, Lucy Chunga Pazo, Edwin Carreño Yarleque. A ellos se suman Mereyda Jimenéz García y Bruno Vega Carmen.
Asimismo, en el distrito de Castilla, se ha iniciado un proceso de revocatoria contra la máxima autoridad edil, Walter Guerrero Silva. Junto a él también se pretende retirar de sus cargos a los regidores Julio César Vásquez, Xiomara Garrido Mauriola, Erasmo Nayra García, Martha Herrera Zeta, Luis Martínez Gómez, Flora Córdova Castillo y Alejandro Llenque Fiestas (regidor).
En el distrito de Veintiséis, la ONPE aprobó dos solicitudes de kits electorales para la revocatoria del alcalde Victor Hugo Febre. Uno de los pedidos también plantea la salida de los 12 regidores municipales.
Por otro lado, en el distrito de las Lomas, un sector de la población pide la salida de la alcaldesa María Del Rosado Guevara.
A nivel provincial, los procesos de revocatoria contra los alcaldes Marlem Mogollón (Sullana), Pedro Cuadros Alzamora (Paita) también fueron aprobados por la ONPE.
Por último, también registran procesos de revocatorias abiertos los alcaldes de La Huaca (Paita). Vichiyal (Paita), Colán (Paita), Cura Mori (Piura). Así como también en Los órganos (Talara), El Alto (Talara), Querecotillo (Sullana) y Suyo (Ayabaca).
¿Cuántas firmas se necesitan para revocar a las autoridades?
La Resolución N.° 0033-2023 del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) establece que se necesita el 25% de las firmas de los electores de una circunscripción proceda. A continuación, te dejamos el número exacto de firmas que se necesitan para revocar a las autoridades piuranas sobre las cuales se ha iniciado un proceso ante la ONPE.
- Gobierno Regional – 358 056
- Distrito Suyo (Ayabaca) – 2 427
- Provincia Paita – 23 432
- Distrito Colán (Paita) – 2 921
- Distrito La Huaca (Paita) – 2 334
- Distrito Vichayal (Paita) – 1 032
- Provincia Piura – 148 238
- Distrito Castilla (Piura) – 28 649
- Distrito Cura Mori – 3 374
- Distrito Las Lomas (Piura) – 5 755
- Distrito Veintiséis de Octubre (Piura) – 24 280
- Provincia Sullana – 62 035
- Distrito Querecotillo (Sullana) – 5 008
- Distrito El Alto (Talara) – 1 617
- Distrito Los órganos (Talara) – 1 902