La licencia por paternidad a los trabajadores del sector público y privado se elevó de cuatro a 10 días, luego de que el Congreso aprobara por unanimidad la ley que modifica el artículo 2 de la Ley 29409.

La norma establece que el inicio de la licencia por paternidad se contabilizará desde la fecha en que el trabajador lo señale, comprendida entre la fecha de nacimiento de su nuevo hijo y la fecha en que la madre o hijo sean dados de alta.

En esa línea, te mostramos a continuación aquellos supuestos que la modificación de licencia por paternidad incluye y que no han sido analizados a profundidad.

SUPUESTOS

Si el hijo nace prematuro o en condiciones de cuidado especial, la licencia por paternidad con remuneración se prolongará por 10 días más.

El plazo de la licencia será de 30 días calendario consecutivos y remunerados, si el recién nacido presenta alguna enfermedad congénita terminal o discapacidad severa, o si la madre presenta complicaciones graves de salud.

En caso de fallecimiento de la madre del recién nacido o de incapacidad sobrevenida del parto, el padre gozará del resto de los días de licencia no utilizados por la parturienta.

A Considerar

Para Pierre Mendoza, gerente del área laboral de PwC Perú, se ha dejado pasar la oportunidad de incluir el supuesto excepcional de adopción.

“Por ejemplo, en España se contempla el supuesto de la adopción, en el que uno de los padres puede gozar de un determinado permiso”, señaló.

En esa misma línea, apunta que en el Perú aún estamos por debajo de otros países de Sudamérica, como Paraguay y Venezuela que la licencia por paternidad asciende a dos semanas.

“La tendencia es incluso mayor en países europeos. Por ejemplo, en España, la licencia por paternidad, a partir del año 2017, se aumentó a 30 días”.

En líneas generales, Mendoza considera que el aumento de los días de licencia por paternidad es un gran avance. “Se ha pasado de una regulación incipiente a una con mejores estándares”.

DATO

Por último, Mendoza indica que el pago por los días de licencia serán asumidos por la organización en la que trabaja el colaborador.

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