Multas a más de 50 personas por participar en reuniones sociales en Castilla

El último lunes 28, se multó, con 2 UIT (8600 soles) a los propietarios de 3 viviendas de los AA.HH. El Indio, Chiclayito y Campo Polo, por realizar reuniones sociales. Ello tras un operativo inopinado de Serenazgo de Castilla y agentes de la comisaría El Indio. 

Según se informó, el personal intervino hasta tres viviendas donde se desarrollaban reuniones sociales, sin respetar los protocolos sanitarios contra la covid-19. En dichas casas se intervino a un total de 60 personas.

Ante ello, personal de Fiscalización multó con 2 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) a los dueños de las viviendas, por realizar fiestas durante la emergencia sanitaria nacional y/o aislamiento social obligatorio; según dicta la ley. La misma suerte corrieron los asistentes, pues la Policía aplicó multas de hasta 300 soles por desacatar la orden del Gobierno.

Cabe precisar que está prohibido asistir a fiestas y organizar reuniones sociales en casa.

Prohibición de reuniones sociales

Las reuniones sociales, incluyendo las que se realizan en los domicilios y visitas familiares, se encuentran prohibidas, para evitar el incremento de los contagios del COVID-19.

Así lo indica el Decreto Supremo 184-2020-PCM publicado en el diario oficial El Peruano, que declara el estado de emergencia por 31 días calendario. El mismo que rige desde el martes 1 de diciembre, en todo el país.

La norma indica también que encuentran suspendidos los desfiles, fiestas patronales y actividades civiles u otros que impliquen concentración o aglomeración de personas.

Se exceptúa de lo dispuesto a las ceremonias de carácter castrense y policial, las que deben cumplir con las disposiciones sanitarias y reglas de distanciamiento físico o corporal respectivas.

Cabe indicar que con la declaratoria del estado de emergencia nacional durante todo el mes de diciembre quedan restringidos el ejercicio de los derechos constitucionales, relativos a la libertad y la seguridad personales. Además, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el país.