La municipalidad distrital de Castilla multará con 395 soles (el 10% de la UIT-Unidad Impositiva Tributaria) a los dueños de las viviendas que no dejen intervenir al personal de Salud para labores de abatización y/o fumigación, según lo establece la ordenanza N° 11-2016-CDC, aprobada y promulgada recientemente.
En el caso de los establecimientos públicos que no den facilidad al personal de Salud, además de la multa, se clausurará el local hasta por treinta días.
La ordenanza que reglamenta la promoción de prácticas saludables, prevención y medidas de control para el dengue, chikungunya y zika en el distrito de Castilla, establece otras sanciones, medidas de educación y capacitación con el objetivo de evitar en los domicilios la crianza del zancudo que transmite dichas enfermedades.
De acuerdo al artículo octavo de la ordenanza, se establece que en los lugares donde no se encuentre persona responsable que permita el ingreso del personal de salud serán declarados “Lugares de Riesgo Sanitario” con un identificado visible (sticker) y su dueño será notificado por escrito.