Las comisiones de Economía, Trabajo y Defensa del Consumidor del Congreso de la República presentaron, ante el Pleno, un texto sustitutorio que modifica la propuesta inicial de retiro de hasta el 100% de los aportes a la ONP.
En ese sentido, se detalló que, ahora, solo se permitiría acceder a hasta 1 UIT, equivalente a S/ 4,300.
Según la propuesta a ser debatida, los aportantes y exaportantes del Decreto Ley 19990 podrán acogerse a la devolución de 1 UIT, durante los 90 días hábiles posteriores a su publicación, en el diario oficial “El Peruano”.
Procedimiento
El retiro de dinero se llevaría a cabo de la siguiente manera, bajo previa solicitud:
- Hasta el 50% de 1 UIT, en el plazo máximo de 30 días calendario, posteriores a la conformidad de la solicitud que otorgará la ONP.
- El saldo restante se entregará en un plazo máximo de 90 días calendario, posterior al primer desembolso.
La ONP emitirá su conformidad sobre la solicitud en un plazo máximo de 30 días hábiles de haberla recibido de forma física, presencial o remota. En caso la institución no se llegara a pronunciar en el plazo previsto, se aplicará el silencio positivo administrativo.
El retiro de los fondos mantendrán su condición de intangibles. Por ello, no podrán ser objeto de descuento, compensación legal o contractual, embargo, retención, cualquier forma de afectación, sea por orden judicial y/o administrativa.
La intangibilidad de los fondos no aplica a las retenciones judiciales o convencionales derivadas de deudas alimentarias, hasta un máximo de 30% de lo retirado.