A partir del próximo 23 de enero, los pasajeros del transporte interprovincial mayores de 50 años de edad deberán presentar el carné de vacunación que acredite la tercera dosis o dosis de refuerzo o, en su defecto; pueden presentar una prueba molecular negativa con fecha de resultado no mayor a 48 horas antes de emprender el viaje.

Así lo establece el Decreto Supremo N° 005-2022-PCM, publicado en la edición extraordinaria del boletín de las Normas Legales del Diario Oficial El Peruano; que dispone las medidas que debe seguir la ciudadanía en la nueva convivencia social por la presencia del covid-19 en el territorio nacional.

La norma precisa que los pasajeros del servicio de transporte interprovincial terrestre mayores de 18 años, en los cuatro niveles de alerta; solo podrán abordar si acreditan su dosis completa de vacunación en el Perú y/o en el extranjero.

Indica que el servicio de transporte urbano e interprovincial de pasajeros se brinda cumpliendo los lineamientos aprobados por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones para la prevención de la covid-19.

“Todos los pasajeros del transporte interprovincial y urbano terrestre deben respetar las normas sobre uso de mascarilla, así como los protocolos sanitarios correspondientes”, establece el dispositivo legal.

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