Mediante Resolución N.° 197-2016-JNE, del 8 de marzo de 2016, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) confirmó la decisión del Jurado Electoral Especial de Lima Centro 1, que declaró fundadas las tachas contra la fórmula presidencial del partido político Todos Por el Perú.
La decisión del Supremo Tribunal Electoral, adoptada con los votos en mayoría de los magistrados Fernández Alarcón, Ayvar Carrasco y Rodríguez Vélez, tuvo como fundamento central la infracción de las normas de democracia interna en la elección de la lista presidencial de la referida organización política.
En sus votos en minoría, los magistrados Távara Córdova y Cornejo Guerrero reiteraron sus decisiones anteriores para hacer efectivo derecho de participación política. Sin embargo, señalaron que estas incidencias son responsabilidad de la misma agrupación política, que no ha realizado sus actos partidarios de modo más ordenado y con la debida anticipación.
De otro lado, por unanimidad, mediante la Resolución N.° 196-2016-JNE, de la misma fecha, se confirmó la exclusión del candidato a la presidencia de la organización política Alianza para el Progreso del Perú, César Acuña Peralta, por haber entregado dádivas en Piura y Chosica, por infracción del artículo 42 de la Ley de Organizaciones Políticas, aplicable al presente proceso electoral. Además, determina que como la fórmula estaría integrada solo por una candidata a la vicepresidencia, se declara improcedente la inscripción de dicha fórmula presidencial.