Foto: Universidad de Piura.

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró improcedente el recurso de apelación presentado por el ciudadano José Benel Alvarado Rojas en contra del Acuerdo Municipal N° 149-2019-C/CPP, del 6 de diciembre de 2019. El pedido buscaba la vacancia de Pierre Gabriel Gutiérrez Medina, regidor del Concejo Provincial de Piura.

pedido de vacancia
El regidor Pierre Gutiérrez permanecerá en su cargo.

La entidad señaló que el ciudadano no adjuntó el voucher del pago de la tasa por concepto de apelación, prevista en el ítem 1.33 del artículo primero de la resolución N° 0554-2017-JNE. El pago correspondía al 15% de una unidad impositiva tributaria (645 soles), requisito para la recepción del pedido.

El JNE dio al ciudadano un plazo de 3 días hábiles para realizar el pago de la tasa. No obstante, el pago no se efectuó, por lo que la institución rechazó el pedido y archivó definitivamente el expediente.

Alcalde permanece en el cargo

El pedido de vacancia presentado por Alvarado Rojas también incluía al alcalde de Piura, Juan José Díaz Dios, y a los siguientes regidores:

Ingrid Milagros Wiesse León, Martín Parihuamán Aniceto, Heidy Gabriela Lozada Floriano, Jhamerly Keny Chero Chero, Luis Enrique Coronado Zapata, Daniel Alonso Verástegui Urbina, Darwin Rubén Hernández Zeta y Miguel Ángel Lizama Zárate.