Mediante el Decreto Supremo 003-2022, el Gobierno informó que el aumento del sueldo mínimo a S/ 1025.00 para el sector privado. Pese a esto, esta medida lleva a analizar si este incremento realmente causará un efecto positivo en la economía familiar y sobre todo; cuánto influenciará ello en la economía empresarial.

Al respecto, el abogado laboralista, Marco Rodríguez Vega, docente de la Escuelas de Derecho y Administración de la Universidad César Vallejo, considera que; “Si bien es cierto cualquier incremento económico es saludable, este aumento resulta más declarativo que efectivo, dado el alza de precios de los combustibles y alimentos. También podría tratarse de una medida como consecuencia de la presencialidad educativa, es decir, que el gobierno está intentando sobrellevar en algo los costos de traslados de la masa educativa a sus centros de estudios”, comentó.

En cuanto a la reacción empresarial, mencionó; “Las grandes empresas no tendrán muchas dificultades para afrontar este incremento; sin embargo, a partir de las medianas empresas sí podrían tener problemas con ello. Quizás algunas, para no verse muy afectadas, decidan asumir la política de reducción de personal; lo que podría generar un aumento de desempleo y con ello la posibilidad de incrementar el índice de pobreza. Otro efecto sería el aumento de la informalidad en el país, ya que con esta situación muchos emprendedores se verían obligados a pasar al grupo de informales”.

¿Cuánto recibiré en mi salario, gratificaciones, CTS y vacaciones?

A partir del 1 de mayo, los trabajadores del sector privado que recibían una remuneración mínima vital de S/930.00 soles, tendrán un incremento económico de S/ 95.00 mensuales, por lo que percibirán la suma de S/ 1025.00 por mes laborado.

Aquellos trabajadores que perciben una remuneración mensual superior a la RMV, no tendrán ningún cambio en sus pagos mensuales. Sin embargo, existen derechos como los beneficios sociales que sí tendrán un pequeño incremento por estar establecido de esa forma en las disposiciones legales especiales. Así tenemos por ejemplo la asignación familiar, que establece que es equivalente al 10% de la RMV por lo que si hasta este mes el trabajador recibía por este concepto S/93.00, a partir de mayo su monto será de S/102.50.

Respecto a las gratificaciones, CTS y las vacaciones; tendrán un leve incremento económico pues la asignación familiar es un beneficio que se incluye en el cálculo de los beneficios sociales por ser una cantidad fija, permanente y de libre disposición del trabajador.

Mucho dependerá del tipo de régimen laboral que tenga el trabajador para determinar sus efectos.

Finalmente, el especialista laboralista, indicó que no considera que esta medida pueda solucionar el problema económico de fondo de nuestro país. “Hay que buscar mecanismos que permitan reducir la informalidad, porque allí está el tema de fondo, mientras no tengamos políticas económicas destinadas a motivar; la formalidad empresarial y con ello la formalidad laboral, seguiremos en el mismo problema más aún en estos tiempos en los que los emprendimientos han surgido como una vía de solución para la obtención de ingresos familiares. Es allí donde se debe trabajar con ahínco y voluntad”, finalizó.

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