Un hombre imprimió 343 correos electrónicos que registraban las conversaciones de su esposa, en donde se demostraban que esta le era infiel. Los presentó ante el juzgado para sustentar el adulterio, y así obtener el divorcio y la custodia de sus hijos. Pero no tuvo éxito.
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El caso llegó hasta la Suprema Corte mexicana, y para salvaguardar el derecho a la inviolabilidad de las comunicaciones, el colegiado determinó que está prohibido grabar, almacenar, leer o registrar, sin el consentimiento de los interlocutores, una comunicación ajena.
En esta lógica, un correo electrónico es interceptado cuando –sin autorización judicial o del titular de la cuenta- se ha violado el password o clave de seguridad. Es en ese momento, y sin necesidad de analizar el contenido de los correos electrónicos, se consuma la violación al derecho fundamental a la inviolabilidad de las comunicaciones privadas.
Asimismo, la Corte desestimó que el demandante tuviera derecho a revisar el contenido de las conversaciones de su esposa, por ser el propietario de la computadora.
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Rescatan a tres niños encadenados en su viviendaLos menores fueron puestos a disposición de la Unidad de Protección Especializada de Piura para salvaguardar su integridad física. Lee la nota completa aquí ► https://t.co/7BaqqlrQKn https://t.co/8tuMcfUgW9
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