Las personas condenadas por delitos cometidos contra niñas, niños y mujeres serán identificadas a través de un Registro Nacional de Agresores Sexuales, que, además, inhabilita a estas personas para desempeñar actividades vinculadas a la prestación de servicios al cuidado de ellos.

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Los lineamientos de la Ley No 30901 que implementa un subregistro de condenas y establece la inhabilitación definitiva para desempeñar actividad, profesión, ocupación u oficio que implique el cuidado, vigilancia o atención de niñas, niños y adolescentes, tiene la finalidad de brindar información a la ciudadanía para prevenir toda forma de violencia.

Dicho subregistro tendrá información actualizada de las personas condenadas por los delitos contra la libertad personal, violación de la libertad sexual, proxenetismo, ofensas al pudor y por delitos violentos contra menores de edad, como homicidio y lesiones, información que será proporcionada por el Poder Judicial.

El registro contempla los siguientes datos: a) Nombres y apellidos de la persona condenada; b) Número de documento de identidad u otro documento que lo identifica; c) Nacionalidad; d) Número de expediente; y e) La especificación del delito o delitos cometidos.

Asimismo, se incluye un historial que contiene resoluciones de rehabilitación u otras resoluciones modificatorias de la condena.

Al respecto, el presidente de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso de la República, Alberto Oliva Corrales, señaló que las entidades públicas y privadas tendrán la obligación de verificar los antecedentes de las personas en el registro especializado.

“Con ello, buscamos contribuir a la prevención de toda forma de violencia contra las niñas, niños y adolescentes”, subrayó.

De esta manera, el subregistro de condenas se encontrará al acceso de cualquier persona natural o jurídica para garantizar que los grupos más vulnerables estén protegidos.

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