La noche del último miércoles 26 de abril, la presidenta Dina Boluarte, anunció medidas aprobadas por el Consejo de Ministros que pretenden mejorar el control de la situación migratoria en el país.
En ese sentido, el Ejecutivo a través del Ministerio del Interior, aprobó el Decreto Supremo N° 003-2023/IN, con la finalidad de regularizar la situación de los extranjeros que ingresaron al territorio peruano sin control migratorio, y de esta manera poder identificarlos con un documento válido en Perú para que puedan realizar actividades en el marco de la ley.
La mandataria mencionó que se otorgará un plazo perentorio (plazo para realizar un acto procesal) que será aprobado a través de una resolución de la superintendencia de Migraciones.
“Esta regularización podrá aplicarse a los extranjeros que entraron de manera regular, pero por diversos motivos, su condición pasó de regular a irregular, o para aquellos que entraron sin control migratorio”, añadió Boluarte.
Del mismo modo, Boluarte Zegarra sostuvo que la medida promueve la formalidad en el control migratorio y mercado laboral, ya que identificará a los ciudadanos extranjeros en situación irregular en el país. “Así evitaremos el desarrollo de diversos problemas sociales como la trata de personas y explotación laboral”, mencionó.
Permiso Temporal de Permanencia
Además, una de las medidas permite a los beneficiarios del Permiso Temporal de Permanencia – CPP acceder a la calidad migratoria Especial Residente, mediante la cual pueden obtener el Carné de Extranjería y la residencia por el periodo de un año, prorrogable.
De esta manera, los beneficiarios del CPP podrán mantener una situación migratoria regular. Cabe indicar que de las 326 801 personas que han obtenido el citado permiso, solo 7424 solicitaron una calidad migratoria residente debido a la dificultad para cumplir los requisitos y condiciones.
Condiciones para la residencia
Para acceder a la calidad migratoria Especial Residente, el ciudadano extranjero deberá contar con una permanencia mínima de seis meses computados desde la aprobación del último CPP otorgado y presentar su solicitud antes del vencimiento de ese permiso.
Además, no deben tener deuda impuesta por Migraciones, salvo que esté fraccionada, ni haber incurrido en causales de cancelación o perdida del permiso.
Tampoco deberá registrar antecedentes penales, policiales y judiciales, en el Perú o el extranjero; no tener alertas de Interpol, ni estar incurso en los supuestos de impedimento de ingreso al país, entre otros.
El Decreto también establece que la vigencia del CPP, cuyo vencimiento se produzca a partir del 9 de julio de 2023, se prorrogará excepcionalmente hasta 30 días hábiles, para posibilitar este trámite.
Regularización de menores
El Gobierno estima que el 76,7% de los menores migrantes se encuentran como irregulares. Ante esta situación, la norma facilita la regularización migratoria de los menores de edad al permitir que los padres, tutores o representantes legales puedan realizar los procedimientos de solicitud, cambio o prórroga de calidad migratoria residente, CPP o regularización migratoria de los menores, aunque ellos mismos estén en situación migratoria irregular.
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