Durante su campaña “Tips de control”, la Contraloría General de la República recordó a los funcionarios y servidores públicos deben cumplir sus funciones sin adoptar represalias de ningún tipo o ejercer coacción (presión) alguna contra otros servidores o personas.
La entidad informo que constituye infracción grave ejercer coacción contra personas o recibir beneficios para cumplir sus funciones con prontitud o preferencia o para dar información privilegiada o protegida para beneficio personal o de terceros.
También es una infracción muy grave usar indebidamente el cargo para inducir o presionar a otro funcionario o servidor público a realizar, retrasar u omitir algún acto que le reporte beneficio, provecho o ventaja para sí mismo, para su cónyuge o parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad; o para terceros con los que tenga relaciones profesionales, laborales, de negocios; o para socios o empresas de las que el servidor público o las personas antes mencionadas formen o hayan formado parte.
Ejemplo
Por ejemplo, el Gerente de Recursos de una municipalidad induce al servidor que tramita las licencias de construcción en su entidad a omitir la revisión de requisitos en el trámite que está realizando su cuñada, amenazándolo con no renovarle el contrato.
También, un funcionario público con capacidad de imponer multas amedrenta a un servidor que provee servicios para que lo atienda primero antes que al resto, indicándole que en caso contrario le impondrá una multa como represalia.
Sanciones
Los funcionarios que infrinjan con las disposiciones antes mencionadas serán sancionados con la inhabilitación para el ejercicio de la función pública no menor de 3 años ni mayor de 5 años.
Ante un caso de presunta inconducta funcional puede formular una alerta ante el Órgano de Control Institucional de la Entidad, la Contraloría Regional o la sede central de la Contraloría General en Lima en forma presencial o virtual a través de https://appscgr.contraloria.gob.pe/sinad
También puede comunicarse con la Central de Denuncias: 330-3000, anexos 1302 ó 1307.
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