A pocas semanas de que finalice el 2019, no son pocos los que se preguntan cuántos días feriados y no laborables traerá el 2020.

También te puede interesar:

|Castilla | Instalan reductores de velocidad en Av. Independencia

|Policía en retiro mata a hombre en casa de su exesposa

Serán más de 10 los feriados que se podrán disfrutar en el Perú y aquí te mostramos la lista completa para que empieces a planificar desde ya tus días libres.

Aunque no en todos los casos los colaboradores de cada institución disfrutan de los días feriados, la ley establece que la remuneración por laborar en dichos días es triple.

En el caso de los días no laborables no se asigna un pago adicional al regular. En el sector público, por lo general, se establece que las horas no trabajadas durante los días no laborables sean compensadas en fechas posteriores.

Feriados

ENERO

  • Miércoles 1 de enero: Año Nuevo

FEBRERO

  • No incluye feriados en Perú

MARZO

  • No incluye feriados

ABRIL

  • Jueves 9 de abril: Jueves Santo
  • Viernes 10 de abril: Viernes Santo

MAYO

  • Viernes 1 de mayo: Día de Trabajo

JUNIO

  • Lunes 29 de junio: Día de San Pedro y San Pablo

JULIO

  • Martes 28 de julio: Fiestas Patrias
  • Miércoles 29 de julio: Fiestas Patrias

AGOSTO

  • Domingo 30 de agosto: Santa Rosa de Lima

SETIEMBRE

  • No incluye feriados

OCTUBRE

  • Jueves 8 de octubre: Combate de Angamos

NOVIEMBRE

  • Domingo 1 de noviembre: Día de Todos los Santos

DICIEMBRE

  • Martes 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción
  • Viernes 25 de diciembre: Navidad

Días no laborales

El Gobierno declaró oficialmente como días no laborables para los trabajadores del sector público a nivel nacional los días lunes 27 de julio de 2020, viernes 9 de octubre y jueves 31 de diciembre.

A través de un decreto supremo se dispuso que las horas dejadas de laborar durante los días no laborables señalados serán compensadas en los 10 días inmediatos posteriores, o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública, en función a sus propias necesidades.

Los centros de trabajo del sector privado podrán acogerse a esta medida previo acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, quienes deberán establecer la forma como se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar. A falta de acuerdo, decidirá el empleador.

Síguenos en Instagram:

También en Twitter: