La Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD) advirtió que a nadie se le puede negar o condicionar la atención por emergencia, pues siendo el aseguramiento universal en salud ya una realidad en el país, todo ciudadano cuenta con un seguro de salud para garantizar la cobertura y financiamiento de sus prestaciones.
La atención de emergencia es obligatoria y no puede condicionarse a la suscripción de pagaré, letra de cambio o cualquier otro medio de pago o garantía económica. Por ello, durante este feriado de Fiestas Patrias, SUSALUD fiscalizará que en las atenciones por emergencia no se afecte a los pacientes y sus familiares con gastos de bolsillo, pues ya todo ciudadano residente en el Perú cuenta con el respaldo financiero de un seguro de salud.
El área administrativa del establecimiento que brinda la atención, debe informar de inmediato a la institución administradora de fondos de aseguramiento en salud (IAFAS) correspondiente.
SUSALUD: Atención de emergencia
En tal sentido, el Superintendente Nacional de Salud, Dr. Juan Carlos Velasco Guerrero, exhortó a los directores y personal de los establecimientos de salud, públicos y privados, a nivel nacional, a cumplir con su obligación de brindar atención de emergencia. La ley establece que, el cobro de los gastos debe gestionarse culminada la prestación, cuando se haya superado el estado de grave riesgo para su vida y salud. En caso de indigentes, se exonera todo pago.
Agregó que en condición de emergencia, la prioridad es salvar la vida del paciente, indistintamente de su identificación o del seguro con que cuenta e incluso si no lo tuviera. Por ello, la presentación del DNI o cualquier otro documento, no puede ni debe ser una barrera burocrática y administrativa para el ejercicio del derecho a la atención de emergencia.
La autoridad también señaló que la atención de emergencia debe brindarse en el establecimiento de salud más cercano, sin importar el lugar de procedencia del paciente, como puede ocurrir en este feriado por Fiestas Patrias, que las personas viajan por turismo al interior del país y podrían sufrir alguna situación donde se encuentren en estado de grave riesgo para su vida y salud. La atención se tiene que dar en cualquier localidad, sea o no su lugar de residencia.
Ley Nº 27604
Velasco recordó que la Ley Nº 27604, Ley que modifica la Ley General de Salud Nº 26842, respecto de la obligación de los establecimientos de salud a dar atención médica en casos de emergencias y partos, obliga a cualquier establecimiento médico, público o privado, a atender de manera inmediata y oportuna los casos de emergencia.
En el mismo sentido, el Reglamento de la Ley 29414, que establece los derechos de las personas usuarias de los servicios de salud, señala que toda persona que necesite atención de emergencia médica, quirúrgica y psiquiátrica, tiene derecho a recibirla.
La Superintendencia recalcó que, en caso se vulnere lo establecido por ley, se iniciará un proceso de investigación y, según sea el grado de responsabilidad, se impondrán sanciones que van desde amonestaciones a cierres de establecimientos, como también al pago de multas de hasta 500 UIT “equivalente a S/ 2’300,000 (Dos millones trescientos mil soles), conforme al Reglamento de Infracciones y Sanciones de SUSALUD.
Emergencia en salud
Una emergencia en salud es una situación inesperada y crítica de peligro inminente para la vida y que requiere de una atención inmediata. Son consideradas situaciones de emergencia en salud, por ejemplo, un infarto al corazón, un accidente de tránsito grave, una caída de altura con daños complicados, quemaduras de gran magnitud en el cuerpo, entre otros. Cabe mencionar que el parto también es considerado una emergencia en salud y debe ser atendido con prioridad al estar en riego la vida de la madre y/o el bebé por nacer.
Consulta o denuncia
SUSALUD recuerda a la población que para toda consulta o denuncia, permanece a su disposición las 24 horas, los 365 días del año, incluso domingos y feriados, a través de sus canales de atención, como la línea telefónica gratuita 113 opción 7, comunicándose desde cualquier teléfono fijo o celular.
También se puede contactar mediante las redes sociales en Facebook, Twitter e Instagram con la cuenta @SusaludPeru. Asimismo, puede contactarse a través de la App SusaludContigo o al Asistente Virtual Inteligente AVISusalud en el whatsapp 960118796.
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