Los trabajadores del Estado que estén incluidos en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Redam) serán despedidos si no regularizan su situación pagando su deuda o aceptando el descuento respectivo por planilla.

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Así lo establece el Decreto Legislativo 1377 publicado el 24 de agosto del 2018 y que está vigente en la actualidad, recordó hoy el abogado laboralista Germán Lora.

El último domingo, en su Mensaje a la Nación, el presidente Martín Vizcarra, afirmó enfático que los padres que trabajan en la administración pública e incumplan con sus obligaciones alimentarias serán separados del Estado.

“No queremos padres irresponsables trabajando en el Estado. Aquellos padres que no cumplan con sus obligaciones alimentarias serán separados del Estado”, manifestó.

Proteger a niños y adolescentes

El Decreto Legislativo 1377 tiene por objeto fortalecer la protección integral de niñas, niños y adolescentes, y prioriza el pago de las pensiones alimenticias determinadas a su favor en sentencias judiciales.

Germán Lora recordó que las entidades estatales de todo el Perú deben hacer una revisión cada seis meses de su personal para constatar si algún empleado está dentro del Redam.

De ser así, lo debe convocar para pactar un acuerdo: o paga y sale del Redam, o acuerda con su empleador un descuento progresivo por planilla de remuneración. De no aceptar ninguna de las dos salidas, se puede aplicar el decreto en cuestión y rescindir la relación laboral, es decir despedirlo.

“La negativa a suscribir la autorización (para el descuento por planilla de sus remuneraciones) es causal de resolución del contrato, salvo que demuestre la cancelación en el citado registro”, subraya el decreto.

Lora sostuvo que las entidades públicas deberían aplicar esta norma, aunque reconoció que es difícil saber si se está cumpliendo o no.

El Redam fue creado en junio del año 2007 mediante una resolución administrativa del Poder Judicial. En este registro se incluyen a todos los progenitores que adeuden por lo menos tres pensiones alimenticias.

Las leyes vigentes contemplan diversas medidas de sanción a los deudores alimentarios, como la imposibilidad de acceder a créditos bancarios, a renovar la licencia de conducir y ahora a no trabajar en el Estado.

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