La Defensoría del Pueblo presentó una medida cautelar ante el Tribunal Constitucional (TC) para suspender temporalmente los efectos de la Ley 32330, la cual incorpora a los adolescentes de 16 y 17 años como sujetos imputables en el sistema penal peruano.
Como se conoce, la Ley 32330 —promulgada el pasado 11 de mayo modifica el Código Penal y el Código de Responsabilidad Penal de Adolescente— establece que los adolescentes de 16 y 17 años pueden ser penalmente responsables si cometen delitos como sicariato, extorsión, homicidio calificado y violación sexual.
Dicha norma, además, ha generado una ola de críticas por parte de diversas organizaciones así como del titular de la Defensoría del Pueblo, Dr. Josué Gutiérrez, quien no la considera un abono para la lucha contra la delincuencia porque no estaría «valorando el Estado Constitucional de Derecho, lo que implica la colisión de normas».
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Para la Defensoría del Pueblo, esta norma estaría vulnerando una serie de tratados internacionales ratificados por el Estado peruano, como «la Convención sobre los Derechos del Niño y la Convención Americana sobre Derechos Humanos». Además, advierte que contradice la Cuarta Disposición Final y Transitoria de la Constitución Política del Perú, la cual otorga primacía a los tratados sobre derechos humanos dentro del marco jurídico nacional.
Ante ello, el jefe de la Defensoría del Pueblo explica que «el poder Judicial debe ejercitar el control difuso poque hay una colisión de normas (…), y partir de ello, inaplicar la norma que se ha emitido».
Para finalizar, Gutiérrez hizo un llamado a la presidenta del Tribunal Constitucional para agendar este tema con el objetivo de discutirlo a la brevedad «porque el impacto de la norma es grave y los coloca en una posición de paria jurídico ante la comunidad internacional».
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