El Gobierno declaró este domingo 22 de octubre como jornada no laborable para los trabajadores públicos y privados a fin de facilitar la realización de los censos nacionales de Población y de Vivienda y de Comunidades Indígenas en el año 2017.
La jornada no laborable tendrá vigencia en todo el país entre las 8:00 a.m. y 5:00 p.m. del domingo, tiempo en el que se ha dispuesto la inamovilidad de la población para garantizar que los peruanos esperen en sus domicilios a los voluntarios del censo.
A través de un decreto supremo publicado en una edición extraordinaria del boletín de Normas Legales del diario El Peruano, se precisa que los Censos Nacionales: XII de Población y VII de Vivienda y III de Comunidades Indígenas fueron declarados de interés nacional.
Las horas no laboradas el domingo, declarado como “Día del Censo”, serán compensadas mediante acuerdo entre el empleador y los trabajadores. Si no hubiera un acuerdo, decidirá el empleador, de acuerdo a la norma.
La recuperación de horas, además, estará sujeta a parámetros de razonabilidad y no afectará el descanso semanal obligatorio del trabajador. En ningún caso, asimismo, la recuperación de horas será considerada como trabajo en sobretiempo.
Casos especiales
La norma dispone también que los titulares de las entidades públicas y empleadores del sector privado adoptarán las medidas necesarias para garantizar a la comunidad la provisión de actividades necesarias mediante un empadronamiento especial de las personas que trabajarán el domingo.
Las labores realizadas ese día por este grupo de trabajadores será remuneradas de manera ordinaria, conforme a las condiciones pactadas en el contrato de trabajo.
El decreto supremo está firmado por el presidente Pedro Pablo Kuczynski, y el ministro de Trabajo, Alfonso Grados Carraro.