La segunda Sala Constitucional Corte Superior de Lima (CSJ) declaró improcedente la demanda de acción popular interpuesta por el vicepresidente de la Comisión Permanente, Salvador Heresi, contra el cierre del Legislativo.

Te puede interesar:

|Presidente Vizcarra cierra el año con 56% de aprobación

|Piura | 2,600 familias agricultoras beneficiadas con rehabilitación de canales

“Declarar improcedente la presente demanda de acción interpuesta por Saleh Carlos Salvador Heresi Chicoma contra el Poder Ejecutivo y la Presidencia del Consejo de Ministros, sobre Acción Popular”, se lee en el documento.

Salvador Heresi buscaba que se declare improcedente el decreto supremo 165-2019-PCM, publicado el 30 de setiembre de este año, mediante el cual se dispuso la disolución del Parlamento y se convocaba a nuevas elecciones.

“Mediante la acción popular no se puede controlar la facultad otorgada al presidente de la República en el artículo 134 (de la Constitución) (…) ello corresponde ser realizado mediante el proceso competencial referido a los conflictos de competencia o atribuciones asignadas por la Constitución”, añade.

No te pierdas esto en Instagram:

En Twitter: