En este artículo, encontrarás una guía completa sobre cómo efectuar el retiro del 100% de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) en el año 2023. Te proporcionaremos detalles sobre el período en que es posible solicitar la totalidad de los fondos y los requisitos esenciales para llevar a cabo este procedimiento. Vale la pena resaltar que, de acuerdo con la Ley 31480, promulgada por el Congreso durante el período de emergencia del COVID-19, los empleados tienen la alternativa de retirar el 100% de sus depósitos CTS. Para obtener información adicional, te invitamos a visitar Walac Noticias.

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CTS 2023: Última oportunidad para retirar el 100% de tus fondos

Para efectuar el retiro completo del 100% de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), es necesario acceder a tus cuentas bancarias y realizar una transferencia de fondos hacia tu cuenta personal. Una vez completado este proceso, los fondos estarán disponibles para su disposición.

En caso de que el monto de la CTS supere cuatro sueldos, el empleado debe requerir a la empresa la liberación de los fondos.

Una vez realizada la solicitud, la empresa notificará a la entidad financiera correspondiente (que puede ser un banco, una entidad financiera o una caja, entre otros) para llevar a cabo la liberación de los fondos. Es importante destacar que los trabajadores tienen la opción de realizar esta solicitud antes del 31 de diciembre.

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¿Hasta cuándo puedo presentar la solicitud del retiro?

Conforme a lo dispuesto en la Ley 31480, se permite a los trabajadores realizar un único retiro de su Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) hasta el 31 de diciembre de 2023. Además, esta normativa establece que los empleados tienen el derecho de solicitar la totalidad del monto depositado en dicha cuenta.

Es importante señalar que en el caso de los empleados de medianas y grandes empresas, el cálculo de la CTS se basa en el 50% del salario correspondiente al mes de abril de 2023, además de un sexto de la gratificación recibida en diciembre de 2022.

Sin embargo, si el trabajador no laboró durante todo el semestre, le corresponderá un sexto del sueldo más un sexto de la gratificación.

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