Una presunta responsabilidad penal y administrativa de ocho funcionarios y servidores de la Universidad Nacional de Piura (UNP), por el irregular pago de S/396 500 por un servicio de mantenimiento, habilitación y digitalización de la información en los sistemas informáticos del Archivo Central que no tuvo procedimiento de selección, detectó la Contraloría General, a través del Órgano de Control Institucional (OCI) de dicha casa de estudios.

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De acuerdo con el Informe de Control Específico N° 004-2023-2-0203-SCE, en el año 2021, la UNP autorizó el gasto por dicho servicio al margen de la Ley de Contrataciones del Estado, las normativas de Presupuesto y de Tesorería.

Asimismo, se pagó sin la documentación respectiva que acredite su ejecución, afectando los intereses de la universidad.

También se dio a conocer que mediante Resolución Rectoral N° 1574-R-2021, del 4 de noviembre de 2021, se aprobó y autorizó el pago a 61 proveedores del servicio; sin embargo, se realizaron pagos a personas no incluidas en dicha resolución.

Además, este documento que se vincula con los expedientes de pago difiere en su contenido con la resolución original emitida por Secretaría General. Esta situación benefició indebidamente a terceras personas con el pago de un servicio que no se evidencia que se haya realizado.

Responsabilidad en funcionarios

La OCI detectó una presunta responsabilidad penal y administrativa bajo la potestad sancionadora de la Contraloría en ocho funcionarios y servidores que participaron en el requerimiento, autorización y la conformidad, así como en todas las etapas relacionadas con la ejecución del gasto por el servicio, sin considerar los preceptos establecidos y sin contar con la documentación sustentatoria requerida por la normativa.

Finalmente, el rector de la Universidad Nacional de Piura fue notificado del resultado de este servicio de control posterior que se enmarca en el Megaoperativo de Control al Gobierno Nacional. Asimismo, el informe se ha puesto de conocimiento al Órgano Instructor para que realice el procesamiento de las personas incluidas en los hechos, de acuerdo a su competencia, y a la Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Corrupción para el inicio de las acciones penales necesarias.

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