El Ejecutivo dispuso la transferencia de 213.65 millones de soles a los 1,874 municipios del país para la adquisición y distribución de productos de primera necesidad para atender a las familias más vulnerables de sus jurisdicciones durante el estado de emergencia nacional por el covid-19.

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Las municipalidades distritales y provinciales se encargarán de la adquisición y distribución de productos de primera necesidad de la canasta básica familiar para los hogares en situación de vulnerabilidad. Para ello, cada gobierno local utilizará los padrones de asistencia social.

Sobre los montos y municipios

Los montos van desde 50 mil soles hasta los 2 millones de soles, y se definen en función de la cantidad de personas en situación de vulnerabilidad en cada jurisdicción y de la magnitud de sus necesidades.

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), en la sección Portal de Transparencia, presenta el listado de los gobiernos locales que recibirán 500 mil soles cada uno. Los distritales son los siguientes: Cerro Colorado (Arequipa), Pangoa (Junín), La Esperanza (La Libertad); José Leonardo Ortiz (Lambayeque).

También recibirán 500 mil soles cada uno de los municipios distritales de Castilla, Catacaos, Huarmaca, Tambogrande y Veintiséis de Octubre, en Piura; Coronel Gregorio Albarracín Lanchipa, en Tacna; San Juan Bautista, en Loreto.

Asimismo, las comunas de los distritos limeños de Chorrillos, El Agustino, Independencia, La Victoria, Los Olivos, Lurín, Pachacámac, Rímac y Santa Anita.

Igual transferencia se hará a los municipios provinciales del Santa, en Áncash; Chiclayo, en Lambayeque; Cutervo, Chota, Hualgayoc y Jaén, en Cajamarca; Sánchez Carrión, en La Libertad; Alto Amazonas, en Loreto; Morropón, Paita y Sullana, en Piura, y la Municipalidad Metropolitana de Lima.

Durante la distribución de los productos de primera necesidad se deben priorizar las disposiciones sanitarias y evitar las aglomeraciones, para lo cual las entregas deberán hacerse, en la medida de lo posible, en los domicilios.

Debes saber

  • Los gobiernos locales deberán publicar en su portal institucional o, en su defecto, en lugar visible que permita su publicidad, la lista de personas que fueron beneficiadas con la entrega de productos en un plazo máximo de 15 días calendario de culminada la emergencia sanitaria.
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