¿Quieres saber cuáles son los pagos de sueldos y pensiones del Estado para este 2023? Conoce aquí el Cronograma anual mensualizado, ya aprobado por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).

A través de la Resolución Viceministerial N° 003-2022-EF/11. 01, publicada en el diario oficial El Peruano, se autorizó el cronograma de pagos de las pensiones correspondiente al Decreto Ley N° 19990, financiadas con cargo al presupuesto de la Oficina de Normalización Previsional (ONP).

El cronograma

La norma detalla el cronograma en los siguientes anexos:

  • Anexo 1: cronograma de pagos anual mensualizado de remuneraciones para el año fiscal 2023, a cargo de las unidades ejecutoras de los pliegos del Gobierno nacional y gobiernos regionales.
  • Anexo 2: cronograma de pagos anual mensualizado de pensiones (Decreto Ley N° 20530) para el año fiscal 2023, a cargo de las unidades ejecutoras de los pliegos del Gobierno nacional y gobiernos regionales.
  • Anexo 3: cronograma de pagos anual mensualizado de pensiones (Decreto Ley N° 19990) para el año fiscal 2023, a cargo de la ONP.

CAS, Secigra, Serums y propinas

El cronograma del Anexo 1 incluye los pagos del personal bajo la modalidad de Contrato Administrativo de Servicios (CAS), así como otros de carácter periódico y no remunerativo tales como Estipendio por Servicio Civil de Graduandos (Secigra) y Servicio Rural y Urbano Marginal en Salud (Serums).

Asimismo, se estipula las propinas para practicantes, animadoras, alfabetizadoras y alumnos de escuelas militares y policiales, entre otros de similar naturaleza.

La norma fija que las obligaciones relacionadas con la bonificación por escolaridad y los aguinaldos por Fiestas Patrias y Navidad se atienden conforme a los anexos del referido cronograma, en los meses que corresponda.

CTS, gratificaciones e indemnizaciones

Por otro lado, se determina la atención de otras obligaciones relacionadas con los conceptos de pago de remuneraciones y/o pensiones.

Esta norma contempla, así, la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), gratificaciones (Régimen Laboral 728), indemnizaciones o similares, se efectúa en las fechas u oportunidad que señala la legislación aplicable.

Además, se dispone que aquellas unidades ejecutoras que cuentan con personal del Régimen Laboral del Decreto Legislativo N° 728 pueden realizar el pago de los conceptos de remuneraciones y gratificaciones de julio y diciembre en una sola planilla, en la fecha en que corresponda atender dichos conceptos.

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