El Congreso aprobó la delegación de facultades legislativas al Poder Ejecutivo por un plazo de 60 días para emitir normas relacionadas con seguridad ciudadana, lucha contra la criminalidad organizada, impulso del crecimiento económico y fortalecimiento institucional. La decisión, respaldada por la mayoría del Pleno, habilita al Ejecutivo a desarrollar medidas normativas en sectores clave para la gestión pública, luego de un proceso de debate que incorporó ajustes en varias submaterias.
Delegación de facultades legislativas en seguridad ciudadana y economía
El Pleno aprobó por 80 votos a favor y 19 en contra el nuevo texto sustitutorio que delega facultades al Poder Ejecutivo para legislar en seguridad ciudadana, criminalidad organizada, crecimiento económico responsable y fortalecimiento institucional durante 60 días calendario.
El dictamen fue exonerado de segunda votación con 80 votos a favor, 20 en contra y 0 abstenciones, quedando listo para su envío al Ejecutivo.
Previamente, el Pleno aprobó con 83 votos a favor, 11 en contra y 4 abstenciones la reconsideración a la primera votación del Proyecto de Ley 13280/2025-PE, presentada por la congresista Norma Yarrow Lumbreras, lo que permitió debatir y aprobar un nuevo texto.
El presidente de la Comisión de Constitución y Reglamento, Arturo Alegría García, informó que, atendiendo la solicitud de la congresista Yarrow, se retiró la facultad contenida en la submateria 2.2.12, referida al establecimiento de indemnizaciones preestablecidas en casos de propiedad intelectual.
Alegría García explicó que esta materia involucra competencias de Indecopi y derechos de los consumidores, por lo que corresponde evaluarla mediante un proyecto de ley ordinario con el debate técnico correspondiente.
También señaló que la Comisión de Constitución realizó sesiones extraordinarias y mesas de trabajo para recibir aportes de todas las bancadas. Indicó que el grupo aprobó 49 de las 58 solicitudes y submaterias, equivalente al 84 % del pedido del Ejecutivo.
Cambios incluidos en el texto sustitutorio
Durante la explicación del texto sustitutorio, se detallaron las siguientes precisiones:
– En la submateria 3.1.20 sobre la Ley General de Transporte Público Terrestre, se reincorpora la materia con la precisión de que la modificación del artículo 2 incorpora la definición del sistema integrado de transportes y el artículo 5 agrega el párrafo 5.4 para que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones implemente a nivel nacional un sistema integral de transporte.
– En la submateria 2.2.1 sobre el sistema de pago y obligaciones tributarias, se aclara que la modificación del Decreto Legislativo 940 no altera el marco legal aplicable a las mypes.
– En la submateria 2.2.11 sobre IGARIEGO, se retira la referencia a la Ley 27446 y su reglamento para no limitar la capacidad de acción del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego.
– En la submateria 2.2.18 sobre la ANIN, se precisa que las modificaciones al Decreto Legislativo 1440 no afectarán proyectos del Plan Integral de Reconstrucción con Cambios ni su financiamiento.
– En la submateria 2.3.3 sobre Osiptel, se especifica que la modificación a la Ley 27336 incorpora el artículo 35 para garantizar la ejecutoriedad de las resoluciones de imposición de sanciones de multa.
– En el numeral 2.2.6, se retira la frase “hasta la segunda operación de importación” y se agrega: “a efectos de la implementación de la presente habilitación se considera la primera importación aquellas que generen a partir de un mismo manifiesto de carga”.
– Se incorpora un párrafo en la submateria 2.1.15: “sin que los tipos penales supongan una sanción penal aquellas personas que tengan procesos de formalización minera en curso”.
– Se retira la submateria 2.3.4, referida a modificaciones de la Ley Servir, por tratar aspectos vinculados a derechos laborales.

