El juzgado penal Colegiado Supraprovincial de la Corte Superior de Justicia de Sullana en adelanto de fallo condenó a Medarda Rivas Lupuche.

Ello, a veintinueve años de cárcel en su calidad de líder de la organización criminal “Los Paisa de Talara”; así como por los delitos de transporte de material inflamable, cohecho activo y receptación agravada.

Tras casi un año de juicio oral por tratarse de un caso complejo los jueces especializados Erick Sánchez, Manuel Valdiviezo y Jocelyn Gutiérrez.

Quienes consideraron que la pena interpuesta a Medarda Rivas es la sumatoria por los cuatro delitos ya que ninguno de ellos tiene como agravante el delito de organización criminal.

Ella tenía a cargo una facción de la organización y dirigía la transformación, transporte y abastecimiento del petróleo (crudo) hurtado.

Sentenciados

Fueron sentenciados también Juan Carlos Farro Castro, Jim Robert Chang Cruz, Juan Carlos García Rivera y Victor Manuel Encarnación Ochoa a dieciocho años.

El primero, y catorce años los tres últimos por los delitos de cohecho pasivo, transporte de material inflamable y pertenecer a una organización criminal.

Igualmente, a diez años de internamiento en el establecimiento penitenciario Víctor Manuel Gonzales Atoche y Hans Francisco Coronado Clement por transporte de material inflamable y cohecho pasivo activo y seis años a Lidia Seminario Pachérrez por tenencia de suministro de material inflamable.

A Franklin Onavio Castillo Obando y Jhonny Martín Garay Cortez a ocho y seis años de cárcel por los delitos de hurto agravado con el agravante previsto en el último párrafo del artículo 186°, de organización criminal en concurso ideal con el delito de transporte y tenencia de material peligroso. El primero tenía a cargo el hurto y transporte del crudo.

A Juan Carlos Cortez Flores, Juan Carlos Flores Moran y Alexander Olivares Morán se les condena a cuatro años de cárcel por el delito de hurto agravado con la circunstancia prevista en el artículo 186 de pertenecer a una organización criminal.

Hurto agravado

A Deward Guzmán Castillo Alva y Hebert Alberto Castillo Alva se les condena a seis años de pena privativa de la libertad por el delito de hurto agravado y de tenencia o transporte de materia inflamable de seis años, integrando también la organización criminal.

El juzgado acogiendo la acusación y alegatos de la fiscalía Provincial Especializada contra la Criminalidad Organizada (Fecor) de Piura, ha valorado, la prueba actuada:

Acta de denuncias verbales, testigos de empresas de empresas agraviadas y dos testigos clave con código de reserva, los policías en calidad de testigos; audios y transcripciones de comunicaciones telefónicas, actas de verificación de tráfico telefónico, que han sido claves para establecer la responsabilidad individual de los acusados.

Once policías sentenciados

El Colegiado tras una audiencia de más de cuatro horas dispuso también la condena efectiva de once ex suboficiales de la policía con penas que oscilan entre cuatro y cinco años de cárcel por delito de cohecho pasivo propio en el ejercicio de la función policial previsto en el artículo 395 – A del Código Penal.

Los ex policías eran un órgano de apoyo que aceptaron haber recibido dinero indebido en forma regular por parte de los líderes de la organización criminal.

Ello, lo que les permitió un beneficio de rebaja de la pena, deberán pagar la suma de seis mil soles cada uno en agravio del Estado.

Los ex custodios condenados son:

  • Lee Marvin Cano Labán.
  • Percy Murrieta Serna.
  • Aldo Elio Pulache Rivas.
  • Norvin Iván Chaquila Silva.
  • Pedro Fabriciano Romero Valdiviezo.
  • Luis Alberto Saldarriaga Gonzales.
  • Jimmy Humberto Cova Requena.
  • Jorge Ato Liviapoma.
  • Octasiano Guerrero Castillo.
  • Manuel Vásquez Estela.
  • Michel Luis Vinces Pinedo.

Reparación civil

Se fijó la reparación civil en 100 mil soles dinero que deberá ser pagado en forma solidaria por todos los sentenciados.

Además del pago de 10 mil soles a los que incurrieron en el delito de cohecho activo propio, al igual que los condenados por delito de peligro común y contra la seguridad pública al transportar petróleo crudo o procesado en forma artesanal de forma clandestina.

Según la acusación fiscal esta organización criminal fue intervenida el pasado 12 de julio del 2018 durante un mega operativo ejecutado en las provincias de Talara, Sullana y Paita por la Policía y Ministerio Público.

Ello, tras ser acusados de robar petróleo de las líneas de conducción de carburantes que opera Petroperú y Savia en Talara.

Se ha establecido que esta organización se encargó en los últimos años desde el 2009, del hurto.

Ello, procesamiento artesanal y comercialización ilegal de petróleo crudo y refinado de manera ilegal.

Además, que había logrado juntar una inmensa fortuna con esta ilícita actividad, contando con la complicidad de malos policías.

Prisión preventiva

Cabe precisar que diez de los sentenciados se encontraban con mandato de prisión preventiva.

Ello, en penales de Piura y Chiclayo por lo que el juzgado dispuso inmediata ubicación y captura del resto a los órganos policiales correspondientes.

Además, se informó que el 20 de julio a las 1.00 de la tarde se llevará a cabo la audiencia de lectura de sentencia.

Es importante señalar que fueron absueltos William Alberto Márquez Pariatón y Luis Ángelo Chang Cruz.

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