La municipalidad de Castilla prohíbe el acoso sexual y multa con S/ 8,800.00 (2 UIT), a las personas que realicen comportamientos físicos o verbales graves, como tocamientos y frotamientos contra el cuerpo. Además, masturbación pública y exhibicionismo en espacios públicos.
Además, por cometer actos de índole sexual de manera leve, contra una o varias personas, a través de frases, gestos, silbidos, sonidos de besos; se multará con S/2,200.00.
También, todos los establecimientos comerciales u obras en proceso de edificación, tienen la obligación de colocar carteles o anuncios que prohíban la realización de comportamientos físicos y verbales. Si no lo hacen, tendrán que cancelar la suma de S/4,400.00 (1 UIT).
Con estas acciones, la comuna busca prevenir, prohibir y sancionar el acoso sexual en los espacios públicos. Por ello, realiza operativos de vigilancia y verificación y campañas educativas.
Además, la colocación de carteles alusivos para que la comunidad conozca las infracciones e imposición de multas ante estos hechos.
Estas medidas se basan en la Ordenanza Municipal Nº 10-2016-CDC, que tiene como prioridad proteger los derechos fundamentales de las personas frente a comportamientos físicos o verbales de índole sexual que se realicen en un espacio público.
La Gerencia de Desarrollo Humano, por medio de la oficina de DEMUNA, tiene como responsabilidad la coordinación, implementación, seguimiento y evaluación de las acciones para prevenir el acoso sexual.
Además, la subgerencia de fiscalización debe vigilar y aplicar las sanciones de conformidad con el Cuadro Único de Infracción y sanciones.