La franja electoral se empezará a emitir desde este 22 de setiembre hasta el 5 de octubre, dos días antes de la elección.

En la franja electoral para Piura aparecerán todos candidatos a gobernador regional. El orden de aparición ya se estableció, en sorteo el  23 de agosto, en presencia de los representantes de los partidos y organizaciones políticas de la región.

La franja electoral es un espacio gratuito que se emite en los canales de televisión de señal abierta y estaciones de radio, públicos y privados, de cobertura nacional o regional.  Está a disposición de los partidos políticos y organizaciones políticas regionales que lograron inscripción definitiva de sus listas de candidatos a las elecciones regionales, a fin de difundir sus planes de gobierno regional.

Cabe destacar, que el esquema de distribución igualitaria comprende un reparto del mismo número de grabaciones en los horarios de programación establecidos en el plan de medios. En ese sentido, cada organización política dispondrá de hasta un (1) minuto o 60 segundos para la transmisión de su grabación, tanto en radio como en televisión. 

Según el organismo electoral, las grabaciones a emitirse durante la transmisión de la franja electoral deben referirse a los planes de gobierno regional, es decir, deben contener el diagnóstico, propuestas y/o acciones estratégicas para el ámbito regional, las que deben ser presentadas con claridad y precisión; sin exceder el tiempo asignado.

No se incluye

En ningún caso, las grabaciones podrán incluir el uso de logotipos, isotipos y slogans vinculados a las entidades del Estado Peruano de los tres niveles de gobierno o de los organismos constitucionalmente autónomos; uso inadecuado y ofensivo de símbolos patrios nacionales;  alusiones a los planes de gobierno, candidatos, listas u organizaciones políticas que participen del proceso electoral, distintos a los que pertenece; referencias de manera directa a hechos sociales o políticos que afectan el orden y la tranquilidad pública o atenten contra el orden constitucional, legal y el sistema democrático; ofensas o agravios o palabras o gestos que pretendan perjudicar el honor, la reputación de las personas, incitar a la violencia, la discriminación o hacer apología del delito y  tampoco se permite propaganda electoral municipal.

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