El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) publicó precisiones respecto a los plazos que deben cumplir las autoridades, altos funcionarios y trabajadores del Estado que deseen postular a cargos públicos en las Elecciones Generales 2026. Estas disposiciones están contenidas en la Resolución N.º 0110-2025-JNE, y tienen como objetivo garantizar el cumplimiento de los requisitos legales establecidos en la Constitución y en la Ley Orgánica de Elecciones (LOE).
Fecha límite para renuncias de altos funcionarios, autoridades y miembros de las FFAA y PNP
Según la resolución del JNE, los altos funcionarios que deseen participar como candidatos, incluyendo al Presidente de la República, ministros, viceministros y otras autoridades señaladas en el artículo 91 de la Constitución Política y los artículos 107 y 113 de la LOE, deben presentar su renuncia hasta el lunes 13 de octubre de 2025, es decir, seis meses antes del día previsto para los comicios.
En el caso del Presidente, la renuncia se presenta ante el Congreso de la República. Para los demás altos funcionarios, el trámite debe realizarse ante la entidad pública correspondiente. En todos los casos, el cargo del documento debe entregarse ante el Jurado Electoral Especial (JEE) correspondiente al momento de la solicitud de inscripción de la candidatura por parte de la organización política.
La misma fecha límite aplica para gobernadores y vicegobernadores regionales, alcaldes, y miembros de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú que soliciten el pase a retiro para participar en las elecciones.
En relación con los gobernadores regionales, estos deben presentar su renuncia ante el Consejo Regional, y remitir el cargo correspondiente al JNE a través de la Mesa de Partes Virtual (MPV) hasta el 20 de octubre de 2025. En caso de renuncia, el vicegobernador asume el cargo de manera inmediata. Si ambos renuncian, el Consejo Regional deberá designar a quienes ocuparán dichos cargos.
En cuanto a los alcaldes, estos deben presentar su renuncia ante el concejo municipal correspondiente, y enviar el cargo al JNE mediante la MPV, también hasta el 20 de octubre. El alcalde encargado debe solicitar su credencial ante el órgano electoral.
Reglas para licencias sin goce de haber
El JNE también estableció lineamientos sobre las licencias sin goce de haber para trabajadores y funcionarios públicos que deseen postular a cargos en las Elecciones Generales 2026. Según la Resolución N.º 0110-2025-JNE, estas personas deberán presentar su solicitud ante su entidad correspondiente, indicando expresamente que la licencia debe otorgarse a partir del 11 de febrero de 2026, es decir, 60 días antes de la fecha del proceso electoral.