Más de siete millones de electores no participaron en la primera vuelta de las Elecciones Generales 2026, según informó Luis Grillo, jefe de la Oficina de Atención al Usuario y Gestión Documental del Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
Además, precisó que aún no es posible conocer cuántos ciudadanos dejaron de votar en la segunda vuelta. Explicó que la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) continúa procesando las actas electorales. Por ello, las cifras oficiales todavía están en evaluación.
“En esta segunda vuelta todavía no podemos dar una cifra, teniendo en cuenta que aún la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) viene trabajando el tema de las actas”, señaló.
Grillo anunció además que el JNE ya recibe las solicitudes de dispensa y justificación de los electores que no acudieron a las urnas durante la jornada electoral del domingo 7 de junio. El procedimiento está disponible desde las 00:00 horas y puede realizarse principalmente de manera virtual, aunque también se mantiene la atención presencial para casos excepcionales.
El representante del organismo electoral explicó que existen dos modalidades de solicitud. La primera corresponde a ciudadanos que presentan de forma individual su pedido de dispensa o justificación. La segunda está dirigida a instituciones que remiten la relación de trabajadores que no pudieron ejercer su voto debido al cumplimiento de funciones específicas.
Entre estos casos se encuentran profesionales de la salud, personal del Instituto Nacional Penitenciario (INPE) y trabajadores vinculados al sistema electoral que estuvieron desempeñando labores durante el proceso de votación.
Multas por no votar
El JNE recordó que las multas por omisión al sufragio se determinan según la clasificación del distrito donde está registrado el elector, criterio establecido por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI).
De acuerdo con la normativa vigente, la multa por no votar varía según el distrito donde está registrado el elector. En los distritos considerados no pobres, la sanción es de 110 soles. Este monto equivale al 2 % de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT). En los distritos catalogados como pobres, la multa asciende a 55 soles. En tanto, en los distritos de extrema pobreza, la sanción es de 27,50 soles.
Asimismo, Grillo aclaró que los peruanos residentes en el extranjero no reciben multa por no votar. Para ello, la dirección consignada en su Documento Nacional de Identidad (DNI) debe corresponder al país donde residen. Además, deben formar parte del padrón electoral administrado por el consulado de su jurisdicción.
Sin embargo, precisó que esta exoneración no aplica para quienes se encuentren fuera del país de manera temporal o por motivos de viaje al momento de la elección.

