El Ministerio de Educación (Minedu) aprobó la norma que establece “Disposiciones para las instituciones educativas públicas de Educación Básica Regular y Educación Básica Alternativa que prestan el servicio a estudiantes matriculados con vacantes semipresenciales”.

Dicha decreto, publicada en el diario oficial El Peruano, tiene el fin de garantizar el derecho de niños y adolescentes a la educación. Esto, de acuerdo a sus características y necesidades con carácter flexible y comunitario.

Estudiantes beneficiados

De este modo, beneficia a estudiantes que ingresan por primera vez al servicio educativo público o se trasladan de colegio, pero continúan en el servicio educativo público a través de procesos extraordinarios de matrícula para Educación Básica Regular o procesos excepcionales de matrícula derivados de la demanda de Educación Básica Alternativa.

Asimismo, aquellos estudiantes que se reincorporan al servicio educativo público. Esto, a través de procesos extraordinarios de matrícula para Educación Básica Regular o procesos excepcionales de matrícula derivados de la demanda de Educación Básica Alternativa.

Además, a estudiantes que ingresaron o continuaron en el servicio educativo público durante el 2020 en vacantes semipresenciales reguladas en la Resolución Viceministerial N° 125-2020-MINEDU.

La norma especifica que los colegios que presten el servicio educativo para estudiantes con vacantes semipresenciales tomarán en consideración las disposiciones dadas por el Estado en el marco de la emergencia sanitaria declarada por el covid-19.

Clases presenciales

Los estudiantes con vacantes semipresenciales deberán ser atendidos en la modalidad a distancia con estrategia semipresencial. Esto, en caso se active el retorno seguro a la presencialidad.

De igual modo, aquellos matriculados en instituciones educativas mediante procesos extraordinarios desde el 2020.

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