Foto: WALAC / Gonzalo Varillas

Perú es uno de los pocos países en el mundo que aprobó una ley que establece una pensión vitalicia a los expresidentes constitucionales, y el exmandatario Alan García gozaba de una, pero tras su muerte ¿qué pasará con ese derecho?

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La ley es clara. “En caso de fallecimiento serán beneficiarios de la pensión el cónyuge y los hijos menores si los hubiere. Si resultaran beneficiarios ambos simultáneamente, la pensión se otorgará a prorrata”. Es decir, que será la mitad para cada uno.

En el caso del líder Aprista, los herederos de su pensión presidencial serían su esposa Pilar Nores y su menor hijo Federico Danton (hasta los 18 años).

Respecto al monto de la pensión, la norma establece que sea equivalente al total de los ingresos de un congresista en actividad, el cual actualmente asciende a 15 mil 600 soles al mes.

¿En qué casos perdería la pensión?

La ley 26519, aprobada por el Congreso en el año 1995, refiere que podría suspenderse el pago sólo en el caso que el Parlamento haya formulado acusación constitucional, salvo que la sentencia judicial los declare inocentes. Esto no ocurrió con García Pérez.

Texto original diario La República

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