La presentación de solicitudes para el retiro de fondos de pensiones ya está vigente. En este sentido, este empezó el 13 de junio y permitirá que los afiliados; ello, para que puedan retirar hasta cuatro unidades impositivas tributarias (UIT); es decir, 18.400 soles.
Ante ello, la Asociación de AFP precisó que el trámite es gratuito y digital a través de www.consultaretiroafp.pe. Todo ello, de manera rápida y sencilla de lunes a viernes de 8 a.m. a 6 p.m.
RETIRO DE AFP 2022
Último dígito del DNI |
Puedes registrar tu solicitud de retiro en una de estas fechas |
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0, letra u otro | 8 de julio | 11 de julio | 25 de julio |
1 | 6 de julio | 7 de julio | 22 de julio |
2 | 4 de julio | 5 de julio | 21 de julio |
3 | 30 de junio | 1 de julio | 20 de julio |
4 | 27 de junio | 28 de junio | 19 de julio |
5 | 23 de junio | 24 de junio | 18 de julio |
6 | 21 de junio | 22 de junio | 15 de julio |
7 | 17 de junio | 20 de junio | 14 de julio |
8 | 15 de junio | 16 de junio | 13 de julio |
9 | 13 de junio | 14 de junio | 12 de julio |
Finalizadas estas fechas, el registro de solicitudes continuará sin seguir un cronograma a partir del 26 de julio. Ello, hasta cumplirse los 90 días calendario establecidos por la ley para solicitar los retiros.
Asimismo, la Ley 31478 publicada en el Diario Oficial El Peruano el 21 de mayo del 2022, autoriza de manera extraordinaria a los afiliados a las AFP; excepto, para los que reciben ya una pensión, un nuevo retiro de sus fondos. Esto con la finalidad de enfrentar el impacto económico de la pandemia del covid-19.
Además, de acuerdo al procedimiento operativo, el afiliado que quiera retirar debe presentar su solicitud dentro del plazo máximo de 90 días calendario, a partir del 13 de junio hasta el 10 de setiembre del 2022.
Plazos para los desembolsos
Los fondos del retiro solicitado se entregan en tres etapas:
- Primer desembolso de hasta 1 UIT: en un plazo máximo de 30 días calendario, computados desde la fecha en que fue presentada la solicitud ante la AFP.
- Asimismo, el segundo desembolso de hasta 1 UIT: En un plazo máximo de 30 días calendario, computados desde la fecha en que fue efectuado el primer desembolso por la AFP.
- Finalmente, el tercer desembolso por el remanente del monto solicitado: En un plazo máximo de 30 días calendario, computados desde la fecha en que fue efectuado el segundo desembolso por la AFP.
Desistimiento del retiro
En caso un afiliado desee desistir de su solicitud de retiro puede comunicarlo a la AFP; hasta 10 días calendario antes de la fecha programada para cualquiera de los tres desembolsos. Todo ello, revocando el pago de los futuros desembolsos que hubieren estado programados.
Para ello, el afiliado debe ingresar su solicitud conforme a los canales y formatos que establezca la AFP en cumplimiento del presente procedimiento operativo. La AFP debe dar respuesta a lo solicitado a través del medio que permita conservar constancia de ello.
Efectivo de pago
Asimismo, es importante recalacar que la AFP es responsable de disponer el medio idóneo a fin de hacer efectivo el pago; el cual debe estar orientado a maximizar la cobertura de atención a los afiliados que solicitaron el retiro extraordinario y facultativo. Debe suscribir convenios con empresas del sistema financiero u otras que faciliten el pago. Por ello, debe garantizar que el pago corresponda con el monto solicitado por el afiliado.
Finalmente, el procedimiento operativo indica que la AFP es responsable de realizar la retención judicial o convencional; solo respecto de aquellos pronunciamientos derivados de deudas alimentarias; hasta por un máximo del 30 % del monto retirado en cada desembolso, conforme a lo dispuesto por la ley.