Desde hoy, 1 de septiembre, entrará en vigencia la Ley N°31332, que establece una reducción de edad mínima para acceder al Régimen Especial de Jubilación Anticipada (REJA) del sistema privado de pensiones.
La modificación en el REJA permitirá que todos los afiliados de las AFP que tengan 50 años a más puedan jubilarse de manera adelantada.
Para calificar al beneficio, el trabajador deberá estar desempleado durante 12 meses consecutivos o más.
Uno de los requisitos para que el afiliado reciba su pensión es siempre y cuando el monto de su jubilación sea «igual o superior al 40% del promedio de las remuneraciones percibidas y rentas declaradas durante los últimos 120 meses».
Con la nueva ley los trabajadores ya no tendrán que acudir a la Sunat para solicitar su reporte tributario. Este, acreditaba la posesión de RUC y que no habían generado rentas por cuarta categoría por montos mayores o iguales a 7 UIT en los 12 meses previos a su solicitud. Ahora la verificación correspondiente la realizará la AFP.
Los aportantes deben tener en cuenta que, en esta modalidad de jubilación, pueden acceder a una pensión de jubilación, retirar el 95.5% del total de tu fondo de pensión; o retirar una parte del fondo y acceder a una jubilación con el saldo restante.
En caso soliciten el 95.5% de su fondo de pensiones, el 4.5% restante quedará para la cobertura por las prestaciones de salud que brinda EsSalud.
¿Cómo solicitar la jubilación adelantada en las AFP?
Primero debes validar tu situación en la AFP en la que estés afiliado para saber si aplicas a la jubilación anticipada.
*AFP Hábitat: Llamar al 01 230 2200 (Lima) o 0801 14 224 (provincias)
*Prima AFP: 615-7272 – opción 1 (Lima) o 0-801-18010 (provincias).
*AFP Integra: 513-5050 (Lima) o 0800-40110 (provincias).
*Profuturo: Llamar a 215-2828 (Lima) o 0800-11434 (provincias).
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